Oposición resiste aplicación de Código Niña, Niño Adolescente



Los menores trabajadores piden respeto a sus derechos dentro de la sociedad.

Después de tres días de trabajo y coordinación la Cámara Alta aprobó en sus dos estaciones el nuevo Código Niña, Niño Adolecente. Para el diputado Gonzalo Romay de Convergencia Nacional, este Código generará el rechazo de la población, ya que el legalizar el trabajo infantil es un error del Gobierno y asegura que será rechazado por la mayoría de los ciudadanos.

Dijo que como diputado nacional pedirá la modificación de esta ley una vez sea remitida a la Cámara Baja. “Lo que queremos es que nuestra niñez se dedique a estudiar y a tener un ambiente de distracción y no se les tenga que dar responsabilidad familiar con el objetivo de trabajar” sostuvo el legislador.

Por otra parte el presidente de la Comisión de Constitución, senador oficialista Adolfo Mendoza, declaró que la norma tiene un carácter integral, que incluye un sistema de prevención y protección.

“Está por un lado el tema laboral, están temas específicos como el embarazo adolescente, la violencia que se ejerce a este sector de la población. También se clasifican todos sus derechos. Con base a las definiciones constitucionales y convenios internacionales, se pretendió trabajar un Código fundamentalmente garantista, pero al mismo tiempo se hace hincapié en la prevención y protección, antes que en la parte penal”, declaró Mendoza.

APROBACION DE LA LEY

El pleno de la Cámara de Senadores aprobó en su estación en grande y detalle el nuevo Código Niña, Niño, Adolescente, norma que tiene por objeto reconocer, desarrollar y regular el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, implementando un Sistema Integral de la Niñez y Adolescencia para garantizarlo mediante la corresponsabilidad del Estado, en todos sus niveles, en la familia y la sociedad.

TRABAJO INFANTIL

La edad mínima para trabajar está fijada a partir de los 14 años. El Estado en todos sus niveles establecerá políticas y programas especiales de protección para apoyar a las familias de niñas y niños menores de 14 años que se encuentren en extrema pobreza para erradicar el trabajo de este grupo poblacional.

La norma se aplicará a jóvenes hasta los 18 años cumplidos de acuerdo con las siguientes etapas de desarrollo: niñez, desde la concepción hasta los 12 años cumplidos y adolescencia, desde los 12 a 18 años cumplidos.

Un punto que resalta en esta nueva ley es el derecho a la protección a los menores trabajadores por el Estado, sus familias y la sociedad, en especial contra la explotación económica y el desempeño de cualquier actividad o trabajo que pueda entorpecer su educación, o que sea peligroso o nocivo para su salud o para su desarrollo integral.

MECANISMOS DE AUTORIZACION

Una de las instituciones llamadas a controlar y autorizar el trabajo de las niñas, niños y adolescentes está la Defensoría de la Niñez y Adolescencia , en determinadas circunstancias debidamente justificadas y previa valoración socio-económica de la familia, el trabajo de menores por debajo de la edad mínima y el trabajo artístico de niñas y niños, siempre que éste no menoscabe su derecho a la educación, no sea peligroso o nocivo para su salud o desarrollo integral o se encuentre expresamente prohibido por la ley.

SALARIO

El salario para el adolescente mayor de 14 años no podrá ser menor al de un adulto que realice el mismo trabajo, ni podrá ser reducido al margen de la Ley. La o el adolescente tiene derecho de administrar y disponer libremente de su salario y la jornada de trabajo no podrá ser mayor a ocho horas diarias.

CASOS DE PROHIBICION

Dentro de la prohibición de trabajo para los menores están: la intermediación de enganchadores, agencias retribuidas de colocación, agencias de empleo u otros servicios privados similares para el reclutamiento y el empleo de la y el adolescente mayor de 14 años, realización de trabajo nocturno, traslados de trabajadores adolescentes sin autorización de la madre, padre, tutores y/o guardadores.

 
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