Fernández afirma que demanda es por la actividad del Poder Judicial

Argentina denuncia a EEUU ante CIJ por caso de fondos “buitres”



La imagen de archivo muestra el ministro argentino de economía, Axel Kicillof, junto a la mandataria Cristina Fernández. El país sudamericano aún no logra solucionar la crisis por los fondos "buitres".

Buenos Aires.- Argentina demandó ayer a Estados Unidos ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), por considerar que las decisiones judiciales estadounidenses con relación al caso planteado por fondos especulativos contra el país sudamericano violan su inmunidad soberana.

En su presentación, el país sudamericano acusa a Estados Unidos de violar “su obligación internacional de respetar la soberanía de la República Argentina, en particular sus inmunidades soberanas”.

EEUU, que no reconoce obligatoriamente la competencia de la CIJ, también es demandado por la supuesta “violación de su obligación internacional de no aplicar o estimular medidas de carácter económico y político para forzar la voluntad soberana de otro Estado”, informó Efe.

También se le acusa de no cumplir con “la obligación internacional de ejercer de buena fe y conforme a derecho las funciones judiciales que Argentina ha aceptado en el marco exclusivo del alcance de esta aceptación”.

“La responsabilidad internacional de los Estados Unidos por la violación de las obligaciones mencionadas surge, principalmente, de la acción de uno de sus órganos, el Poder Judicial”, dijo la Jefatura de Gabinete de Argentina en un comunicado.

Al respecto, en un acto en la sede del Ejecutivo transmitido por cadena nacional, Fernández sostuvo ayer que la demanda es “contra los Estados Unidos por la actividad de su Poder Judicial”.

“El Estado se compone de tres poderes y uno tiene que hacerse responsable, también Argentina, de pagar juicios de gente que ha demandado al Estado por actividad de sus jueces”, sostuvo Fernández.

Aclaró que “esto no significa que se actúe contra ese país por el país, sino simplemente que poderes o empleados dependientes de ese país han provocado daño o han actuado no conforme a derecho”.

“¿Para qué sirve La Haya? Para evitar que los países, cuando tenemos diferencias, nos agarremos a los bombazos o a los misilazos. La sociedad democrática debe resolver sus diferencias a través de tribunales internacionales de los que somos signatarios”, afirmó.

Las críticas a la Justicia estadounidense devienen de la sentencia del juez neoyorquino Thomas Griesa a favor de fondos de inversión especulativos que demandaron a Argentina por bonos impagos desde 2001 y que no ingresaron a los canjes de 2005 y 2010.

El fallo de Griesa quedó firme después que en junio pasado la Corte Suprema estadounidense rechazara un recurso del Gobierno argentino contra la sentencia del magistrado neoyorquino.

Griesa hasta ahora no se ha pronunciado por esta acción ante la CIJ, pero convocó a Argentina y los fondos demandantes a una nueva audiencia este viernes.

El propósito de esta audiencia es abordar “las afirmaciones recientes hechas por la República de Argentina”, indicó la Corte de Nueva York.

Como parte de la aplicación de la sentencia, que obliga a Argentina a pagar a los fondos 1.330 millones de dólares más intereses, Griesa bloqueó 539 millones de dólares que Argentina depositó en el Bank of New York Mellon para pagar a tenedores de deuda reestructurada.

Según insistió ayer el Gobierno argentino, esas decisiones “vulneran la determinación soberana de la República Argentina de reestructurar su deuda externa”.

DATOS

- Argentina dijo que somete el desacuerdo a la CIJ, “principal órgano judicial de las Naciones Unidas, brindando así a EEUU la oportunidad para resolver esta controversia de conformidad a derecho y a la justicia”.

- Si EEUU no aceptara la competencia de La Haya, Argentina entiende que ese país “está en la obligación de indicar un medio de solución pacífica alternativo para resolver” la controversia.

- Según el Gobierno argentino, las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas, de la Carta de la Organización de Estados Americanos y del derecho internacional general “imponen a los Estados la obligación de solucionar sus controversias por medios pacíficos”.

 
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