El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) puso a disposición de los contribuyentes, el sistema de Facturación Virtual (SFV), que beneficiará a los usuarios con la automatización de los procesos y la abreviación de trámites, brindando mayores márgenes de seguridad y control para los receptores de las facturas y la administración tributaria.
El SFV entrará en vigencia el 10 de noviembre de este año, se aplicará en el país, en las transacciones comerciales y operaciones de compra y venta de bienes y servicios, según establece la resolución normativa Nº 10-0025-14, del 29 de agosto de 2014.
El texto completo de esta disposición que incluye nueve capítulos y 92 artículos, junto a disposiciones adicionales, transitorias, abrogatorias, derogatorias y finales, además de anexos con gráficos y ejemplos para fines ilustrativos.
La normativa podrá ser descargada del portal web del SIN, ingresando a www.impuestos.gob.bo
La resolución tiene por objeto reglamentar la implantación del SFV en la Oficina Virtual del SIN, estableciendo modalidades de facturación, procedimientos, aspectos técnicos, formalidades, requisitos para la dosificación, activación, inactivación, emisión y conservación de facturas, notas fiscales o documentos equivalentes, señala un reporte oficial.
También detalla los procedimientos para casos especiales de emisión y registro, la autorización y control de imprentas, los efectos tributarios, el registro y remisión de información de los libros de compras y ventas IVA, así como la autorización y dosificación de facturas para espectáculos públicos y artistas nacionales.