Según el abogado del área de Derechos Indígenas de la Fundación Construir Marco Mendoza Crespo, el nuevo diseño constitucional ha efectuado cambios estructurales trascendentes en la justicia boliviana, uno de estos es el que se expresa dentro del artículo 179 de la Constitución Política del Estado (CPE), que indica que “toda determinación asumida en una jurisdicción se mantiene firme y es válida si ha respetado el marco de los derechos humanos”, refiriéndose a la justicia comunitaria.
Afirma que uno de los temas centrales para analizar en la nueva CPE, es el pluralismo jurídico y que este debe ser tratado con más precisión, “una de las puntualizaciones es diferenciar los términos de justicia comunitaria y linchamiento”, afirmó.
“Estos dos temas se estigmatizan en la justicia indígena, hay linchamiento donde no hay imparcialidad, donde no llega la ecuanimidad ordinaria y donde no hay presencia de la probidad indígena, así que cuando ponemos justicia comunitaria o firmeza por mano propia, es un error. Causar lesiones a una persona no es un acto de justicia”, precisó.
Asimismo, Francisco Tarquino, representante departamental del Consejo de la Magistratura dice que “la justicia originaria campesina, es reparadora y tiene procedimientos”.