Requisitos para circulación de autos en elecciones


En el marco del articulo 152 de la Ley 026 del régimen electoral, en el que se prohíbe la circulación de todo tipo de motorizados sin autorización, El Tribunal Supremo Electoral (TSE) instruyó a sus regionales departamentales, pedir seis datos ineludibles y comprobados para la emisión de permisos de tránsito vehicular, que tendrán validez sólo en sus jurisdicciones. Las peticiones serán recibidas desde el 29 de septiembre hasta el 8 de octubre impostergablemente.

DATOS REQUERIDOS PARA LA AUTORIZACIÓN

- Nombre de la institución, empresa y/o solicitante.

- Justificación de la solicitud.

- Número de placa del vehículo.

- Marca del vehículo.

- Nombre del conductor del motorizado.

- Numero de licencia de conducir del conductor a cargo durante la jornada de las elecciones.

 
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