Pasaron las elecciones, se vivió, una vez más, una buena jornada democrática; pero hay que lamentar que dejó dudas y suspicacias que el Tribunal Supremo Electoral debería explicar: la ausencia de un Padrón Electoral y la falta de datos sobre el ausentismo electoral.
Como ha ocurrido en otros procesos electorales y referendos, se tenía seguridad de contar con un Padrón Electoral. Es decir una totalización de los inscritos o habilitados para votar, un Padrón que es, debe ser básico y fundamental, para establecer los porcentajes que cada candidato logró, qué cantidad de blancos hubo y, además, algo muy importante: ¿cuál fue el ausentismo electoral? En ninguna de las informaciones se hizo referencia a ninguno de estos fundamentales principios.
Hay que suponer, por principio, que no todos los inscritos acuden a los recintos electorales; que muchos no pueden votar por diferentes causas (no haber encontrado la mesa, no estar registrados, no corresponde a su inscripción, no alcanzó el tiempo para votar porque hubo cierre a horas 16, hubo cambio de recinto electoral, etc., etc.). Ello determina, forzosamente, que el rubro de abstinencias o ausentismo tenga cantidades importantes.
La verdad es que en los resultados que informó el TSE y que los medios de comunicación dieron a publicidad, sólo aparece la cantidad de votos y el porcentaje logrado por cada candidato y, muy tibiamente, están los blancos y nulos.
Lo cierto es que votos válidos, blancos, nulos y ausentismo o abstinencia forman parte del Padrón Electoral porque todo procede de las inscripciones de ciudadanos que se hizo en su momento y que están habilitados para votar.
Es, pues, extraño, que estos datos no figuren como es debido, salvo que haya una disposición que modifica al Código Electoral, que establezca lo innecesario de anotar o informar sobre rubros tan importantes y que son, de todos modos, el cuerpo decisivo de las elecciones.
Por lo que se examina los resultados, el TSE sumó los votos de los cinco candidatos y esa totalidad la utilizó para adjudicar los porcentajes debidos. Este procedimiento, tal vez válido en algunos países, sin prescindir de las abstinencias de ciudadanos inscritos y habilitados para el voto no se conocía, a menos que se haya cambiado el Código Electoral.
De todos modos, la ciudadanía se extraña que no haya habido un Padrón Electoral y que no se haya informado sobre las abstinencias o ausencias de ciudadanos inscritos, legalmente habilitados para votar y que por cualesquiera causas no han votado.
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