Gobierno promulga nueva Ley:
El Gobierno promulgó ayer la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal mediante el cual excluyó del sistema judicial boliviano a los jueces ciudadanos porque retardarían los procesos judiciales y también eliminó las vacaciones judiciales colectivas. Asimismo la norma establece que todo proceso penal que esté estancado más de un año será archivado de forma definitiva.
El presidente en ejercicio, Álvaro García, promulgó esta norma que la calificó como transitoria para agilizar los procesos penales y terminar con la retardación de justicia, que es uno de los problemas más fuertes del sistema judicial.
“Esta es una ley que transitoriamente va acelerar los enjuiciamientos, va a disminuir la retardación de justicia, pero esto no quita que en la siguiente elaboración del (nuevo) Código de Procedimiento Penal incorporemos medidas aún mucho más duras”, afirmó la autoridad de Estado.
Esta nueva norma pretende reducir la carga procesal penal en el sistema judicial y “que no tuvo ningún movimiento ni desarrollo por todo un año ejecutivo o más será archivado momentáneamente y si transcurriera otro año sin movimiento será archivado definitivamente”.
De la misma forma, esta ley excluye del sistema judicial a los jueces ciudadanos, en razón de que los mismos desde su selección, notificación, ubicación y presentación al tribunal ocasionaron retardación de justicia penal y en algunos casos, manipulación, corrupción, chantaje o presión, según García. En vez de ello la norma contempla la creación de tribunales de juicio oral exclusivamente con tres jueces técnicos.
En tercer lugar se reconstextualiza la imposición de plazos más realistas que evitan el disfraz o el ocultamiento administrativo de la etapa de investigación. En ese sentido, a partir de la aprobación de esta ley se da un “plazo fatal” para la realización de esta etapa, bajo responsabilidad atribuible al investigador y al fiscal y asimismo para evitar el uso malicioso procesal, corrupto de las excepciones, infidentes, excusas y recusaciones se establece que estas serán utilizadas por una sola vez.
El abogado que utilice o tienda a utilizar dos o más veces estos recursos procedimentales que dilatan meses o años los procesos serán amonestados sancionados y separados del caso, explicó García.
Para la población litigante se establece la continuidad de los juicios orales los mismos que no podrán suspenderse o ser declarados en cuartos intermedios. Una vez instalo un juicio oral este debe desarrollarse hasta su conclusión, máximo se suspenderán hasta 16 horas tomando en cuenta las horas de almuerzo y de descanso.
“De esta manera para que haya un compromiso de los jueces se manda a que habiliten horas extraordinarias lo que también implica utilización de días no hábiles para concluir el juicio”, agregó la autoridad.
Por otra parte, se elimina la vacación colectiva de jueces y fiscales porque perjudicaría el desarrollo de los procesos penales con la retardación de justicia y para ello se dispone que como en que cualquier institución su funcionamiento no se paralice y las vacaciones que tienen derecho los jueces y funcionarios sea individual.
“De esta manera se evitará que los tribunales se cierren cada año por más de 30 días. No hay más vacaciones colectivas, si alguien quiere tomar vacación porque le corresponde lo hará individualmente y el juzgado seguirá funcionando los procesos seguirán funcionando y de esa manera los litigantes tendrán una mayor posibilidad de acelerar sus procesos”, remarcó el Presidente en funciones.
García finalmente indicó que esta es una norma transitoria que entra en vigencia en tanto la Asamblea Legislativa trabaje en el nuevo Código de Procedimiento Penal que según la autoridad tendrá normas “aún mucho más duras” especialmente para quienes tiene la tarea de impartir justicia y no lo hacen.
“En el nuevo Código de Procedimiento incorporaremos que los jueces y fiscales que conduzcan un caso y no concluyan en el plazo de un año el juicio ellos también tendrán que entrar a la cárcel”, señaló.
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