La imputación y posterior detención preventiva en contra del periodista Carlos Quisbert ha sido “forzada” debido a que la norma por el que definen su situación legal está sancionada en la Ley 004 Marcelo Quiroga Santa Cruz, que castiga por delitos de corrupción a funcionarios y funcionarias públicas, así lo hizo conocer el penalista Franz Bustos.
“Lo primero que podría decir es que el juez y el fiscal son ignorantes en derecho, que no se han dado la molestia de leer la Ley 004 de Lucha Contra la Corrupción, que en su artículo uno dice claramente que este tipo penal es para recuperar o precautelar los intereses del Estado”, dijo Bustos.
En su criterio, ese elemento demuestra el abuso de autoridad que estaban cometiendo las autoridades del Ministerio Público, así como del juez de la causa que dio la orden de detener en la cárcel de San Pedro al periodista.
En ese sentido, los operadores de justicia “han torcido forzadamente y han incurrido en acciones de prevaricato, porque quien prevarica no es quien emite resoluciones contrarias a la Constitución Política sino también torcer la ley”.
Para el abogado William Bascopé, la aplicación de la Ley 004 está destinada a sancionar delitos de corrupción donde se vean implicados funcionarios públicos, que hubieran cometido delitos contra el Estado.
En tanto, el abogado Eduardo León calificó la decisión judicial en contra del periodista de prevaricato, porque no existe materia tomando en cuenta que “obstrucción a la justicia” es cuando una persona actúa de manera violenta, cuando presiona o ejerce presión en un acto de investigación en casos de corrupción. “En este caso el periodista no ha realizado ningún acto de amedrentamiento y menos de obstrucción a la justicia. En el caso del niño Alexander es una verdadera vergüenza lo que ha sucedido”, señaló.
Ayer, desde las 10.30, compañeros periodistas de Quisbert y otros medios de comunicación protagonizaron una bulliciosa protesta en puertas del Ministerio Público demandando la libertad “de su compañero”.
Posteriormente recorrieron las principales calles y avenidas de la ciudad de La Paz hasta llegar a inmediaciones de la cárcel de San Pedro donde con estribillos apoyaron a su compañero detenido. Similares acciones de protesta en defensa de la libertad de prensa se desarrolló en las ciudades de Cochabamba y Sucre. Para hoy se tiene programado otra movilización en Santa Cruz.
ACCIÓN DE LIBERTAD
La tarde del martes, asesores legales de EL DIARIO, junto al Director y Gerente General, se apersonaron hasta oficinas del Tribunal Departamental de Justicia para presentar la acción de libertad respectiva en favor del periodista Carlos Quisbert.
En el memorial se hace una rememoración de lo acontecido el domingo cuando el periodista fue aprehendido tras la visita a la madre sustituta de Alexander. Posteriormente, detallan las infracciones y vulneraciones que se cometieron en contra del ahora detenido.
Argumentan que en materia de legislación constitucional aplicable a todo el territorio boliviano, se tiene previsto el recurso de habeas corpus plasmado en la actual Constitución Política del Estado como acción de libertad consagrada por el texto constitucional en el art. 125 al considerar que “Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ILEGALMENTE PERSEGUIDA, o que es INDEBIDAMENTE PROCESADA o PRIVADA DE SU LIBERTAD PERSONAL, podrá interponer Acción de Libertad y acudir, de manera oral o escrita, por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal, ante cualquier juez o tribunal competente…”
GESTIÓN
Al final de la tarde, se conoció un comunicado realizado desde Viena por el ministro de Gobierno Hugo Moldiz, quien calificó como “injusta, excesiva y abusiva” la detención del periodista Carlos Quisbert y confirmó que gestiona junto al fiscal general del Estado, Ramiro Guerrero, su pronta liberación.
“He conversado con el fiscal general Ramiro Guerrero, con quien muy rápidamente hemos coincidido en que había que hacer gestiones obviamente legales para la pronta liberación, la pronta libertad del periodista Carlos Quisbert”, dijo Moldiz.
El fiscal general del Estado, Ramiro Guerrero Peñaranda, en conferencia de prensa desde Sucre, respecto a la detención del periodista Carlos Ángel Quisbert Fernández, imputado por presunto delito de obstrucción a la justicia, informó que, tras reunirse con representantes de la Federación de la Prensa de Chuquisaca y un miembro de la Confederación Nacional de dicho gremio, tomó la decisión de estar presente en la ciudad de La Paz, para verificar el cumplimiento de los derechos y garantías constitucionales que tienen las personas, en el marco de la defensa de la legalidad y de la sociedad que ejerce el Ministerio Público.
“Se ha tenido una reunión, donde los compañeros de la prensa manifestaron su preocupación por este caso y nosotros vamos a asumir medidas en persona el día de mañana, ese es el compromiso que hemos asumido, esperemos que en las próximas horas podamos tener una solución a esta situación que se ha generado a partir de la detención”, dijo.
La autoridad manifestó que la actuación de los fiscales debe estar enmarcada siempre en el marco del respeto a los derechos y garantías constitucionales que tienen las personas y en este caso también de los trabajadores de la prensa.
“No se pueden tolerar situaciones que estén fuera del marco de la ley, siempre hemos manifestado que el mejor fiscal no es aquel que cautela, no es aquel que lleva detenidos preventivos, sino que el mejor fiscal es aquel que da soluciones, dicta salidas alternativas, que aplica una justicia restaurativa en la solución de los conflictos, cuando así se puede por la vía conciliatoria”, sostuvo.
PREVARICATO
A este panorama se sumaron varias organizaciones como el asambleista Roberto De La Cruz, quien propuso, en la Comisión Jurídica de la Asamblea Departamental, se inicie proceso penal en contra del juez y fiscal que encarcelaron injustamente al periodista Carlos Quisbert.
A juicio del legislador departamental, ambas autoridades cometieron delito de prevaricato tipificado en el Art. 173 del Código Penal que señala textualmente: “El juez que en el ejercicio de sus funciones dictare resoluciones manifiestamente contrarias a la ley será sancionado con reclusión de dos a cuatro años. Si como resultado del prevaricato en proceso penal se condenare a una persona inocente, se le impusiere pena más grave que la justificable o se aplicara ilegítimamente la detención preventiva, la pena será de reclusión de tres a ocho años”.
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