Tan importante es la formación jurídica del fiscal investigador y del juez, que en toda deposición de los declarantes deberán articular, engranar sus experiencias psicológicas personales con los diferentes tipos humanos. Los operadores de justicia, con el tiempo, la experiencia y el continuo interrogarse sobre el comportamiento respecto a determinadas clases de testigos e imputados, se forjan su propia teoría. Harían bien haciéndolo cotidianamente, pues las experiencias personales estructuran un valioso complemento a la teoría y ningún texto, por más ilustrativo que sea, permitirá que se prescinda de ellas. De lo que se infiere que las personas sensibles y proclives a ser confundidas o turbadas deben ser tratadas de modo diferente que las personas rudas o torpes; se debe enfrentar de distinta manera a un paleto o simplón que a una persona inteligente; a un depresivo que a quien ostenta ánimo equilibrado; a un individuo dócil y versátil que a un testarudo y caprichoso.
Cuando se apunta con responsabilidad y sistema a recoger testimonios veraces, estas peculiaridades no pueden dejar de ser tomadas seriamente. El examen que debe hacer el fiscal investigador sobre la persona que depone una testificación es inmediata y debe encasillar al sujeto en su teoría y experiencia, de tal forma que si el testigo es una persona complaciente, lo aconsejable con certeza, para obtener una declaración satisfactoria, es darle la oportunidad de expresarse según su temperamento e idiosincrasia. Si se lo examina, interrumpe o abate con insistentes preguntas perderá el declarante la naturalidad y el desprejuiciamiento, entonces, el fiscal obtendrá respuestas, pero no revelaciones que hubiera conseguido con tino y prudencia. Entendiendo como revelación la acción de dar a conocer algo desconocido o desvelar algo que se tenía en secreto. Aportes invaluables para una investigación profunda.
La locuacidad acrítica, el histrionismo patético, la vehemencia o exaltación son situaciones que el fiscal o juez deberían respetar y asimilarlas como un problema a superar por la experiencia y, mientras esas situaciones, a veces frecuentes, no se extralimiten, lo más sabio es aceptarlas sin desagrado. Con esa estrategia y tesitura se templa a un declarante o testigo excesivamente fantasioso, irritado o sobreexcitado y se logra una declaración útil que arroja datos fidedignos.
Con un trato basado en la experiencia forense a las personas desconfiadas y con poca estima personal por una amargura intrínseca, se las puede conducir a que se sientan comprendidas. Con esa inteligente actitud se elimina la flema y la impenetrabilidad del declarante, haciendo posible una colaboración en regla, conjuncionando, a través de la introducción en las características étnicas y telúricas para cercarse a la verdad, valor supremo de la investigación.
Es casi innecesario presumir que el investigador o juez no puede transformar la esencia o naturaleza del declarante con su trato profesional, pero mientras esté apto para influir en él y tome su declaración, no peligra la teleología del acto.
El autor es abogado Corporativo, postgrado en Arbitraje y Conciliación, Derecho Aeronáutico, Catedrático.
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