Hace algunas semanas, el autor, con estupor, pudo después de un seguimiento y una investigación minuciosos, de mucho tiempo, descubrir una firma falsificada en la venta de un terreno. ¡La delincuencia no duerme!
Teóricamente son varias firmas que lleva la venta de un terreno, firmas de la minuta y finalmente ante la respectiva notaría; en el caso en estudio, todas están falsificadas. De uno de los implicados, inclusive ya se recibió amenazas (que parecieron ser hasta de muerte, que le hubiesen asustado al autor, pero como trabaja en salud, vive pues con la muerte al lado, cada día), insultos y hasta agresiones físicas (que lógicamente fueron respondidas de forma adecuada), que actualmente, como tiene que ser, están en los estrados judiciales respectivos.
Revisando la firma, se observa que está falsificada y preguntando al supuesto vendedor, éste señala que nunca firmó en ese libro ni otros documentos de venta de ese terreno.
Son varias preguntas que se le vienen a la cabeza del autor del presente artículo. ¿Serán suficientes las medidas de seguridad en los actos de compra-venta de bienes inmuebles? ¡Uno se dice, el uso de solamente firmas, son buenas medidas de seguridad, o hasta tal vez hasta fueron inventadas por algún hombre prehistórico! ¿Quién contrata a los notarios? ¿Lo hace el Estado a través de cada gobierno nefasto de turno? ¿El Estado pone la cabeza por los notarios? Si algún notario comete llamémosle, elegantemente, algún error, por no decir otra cosa, quién se hace responsable? ¿El Estado se hace responsable del daño económico infringido a los damnificados?
Debería llevarse a cabo una total reestructuración de las notarías. ¿La tan bulliciosa y rimbombante “Ley del Notariado” trata sobre esto?
Debería contratarse gente proba para hacerse cargo de las notarías y siquiera deberían dejar una “Boleta de Garantía” de unos 50 mil dólares americanos o más, por un tiempo digamos de 20 años para cubrir posibles “errores” que se pueda cometer, los cuales pudiesen ser usados para cubrir pérdidas económicas producidas a los damnificados. En cuanto a los documentos de transferencia, debería estar la infaltable huella digital del vendedor. Una firma puede ser falsificada muy fácilmente (como el caso que tratamos en el presente artículo), pero una huella digital es más difícil que sea falsificada. ¿Qué medidas de seguridad más se pueden implementar? ¿Están los libros de todas las notarías centralizados, aprovechando inclusive la tecnología digital de las computadoras y nuestro tan mentado satélite?
Para, digamos, para los “errores”, ¿qué penas existen? Para cubrir el daño económico, el Estado debería hacerse responsable, porque en definitiva los notarios son contratados por el Estado a través de cada gobierno de turno.
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