Por violencia mediática contra la mujer
El Ministerio de Comunicación sancionó a tres medios de comunicación, en el marco de la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia 348, por la emisión de mensajes que mostraron imágenes estereotipadas y de cosificación, cometiendo ‘violencia mediática’, una de los 16 formas de violencia que sanciona la norma.
La viceministra de Comunicación, Claudia Espinoza, explicó que tras recibir una serie de denuncias, el Ministerio inició el proceso administrativo a una red televisiva nacional, un diario nacional y un impreso local, a través del área jurídica.
El artículo siete de la Ley 348 considera a la violencia mediática como "aquella producida por los medios masivos de comunicación a través de publicaciones, difusión de mensajes e imágenes estereotipadas que promueven la sumisión y/o explotación de mujeres, que la injurian, difaman, discriminan, deshonran, humillan o que atentan contra su dignidad, su nombre y su imagen”.
Espinoza prefirió no mencionar a los medios sancionados pero dijo que mostraron imágenes que refuerzan el estereotipo de la mujer como objeto y que tuvieron la oportunidad de presentar sus descargos antes de llegar a la última instancia.
Respecto a la penalidad se establece en su artículo tercero que la sanción a la violencia mediática, entre otras faltas, se realizará por la vía administrativa tras la respectiva investigación y proceso. Según la autoridad, la unidad jurídica estableció multas de UFV diferenciadas.
La unidad de Monitoreo del Ministerio de Comunicación realiza seguimiento a los mensajes que emiten los medios de comunicación en cumplimiento a seis normativas que protegen los derechos humanos.
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