Constitucionalista:

“Presidente Morales tiene potestad constitucional de firmar acuerdos”



ABOGADO CONSTITUCIONALISTA, WILLIAMS BASCOPE.
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El artículo nueve de la Constitución Política del Estado (CPE), faculta al presidente, Evo Morales, para firmar acuerdos, según el abogado constitucionalista, Williams Bascopé.

El miércoles se truncó la posibilidad de aperturar el diálogo entre el Comité Cívico Potosinista (Comcipo) y el Gobierno Nacional, producto de los desacuerdos sobre la presencia de Morales al concluir el mismo, además de “garantizar” con su firma los acuerdos a arribarse.

“El Presidente, es la primera autoridad política y puede firmar ciertos convenios institucionales del Ejecutivo hacia otros órganos institucionales pero también con organizaciones sociales, no tendría por qué no firmar”, sostuvo el constitucionalista a tiempo de rememorar el arribo a La Paz de la marcha indígena en defensa del Tipnis, en 2012, “lo hizo en varios conflictos, en el caso del Tipnis, llegaron a ciertos acuerdos”, dijo.

Bascopé sostuvo que Morales tiene toda la tuición de firmar acuerdos “siempre y cuando no vayan en contra de lo que manda la misma Constitución”

En el caso puntual de Potosí, consideró que Morales puede refrendar acuerdos que conlleven impulsar proyectos, obras y demandas de gestión pública ya que su firma significaría - más que todo - “compromisos de buena fe” que evidenciaría “la voluntad política del Ejecutivo, de comprometerse a cumplir ciertas gestiones”.

Una de las notas enviadas por el Ministerio de la Presidencia a los cívicos especifica que “las competencias (del Presidente) no le permiten firmar ni avalar acuerdos institucionales (…)”, para el jurista, no es inconstitucional que el Primer Mandatario del Estado firme un acuerdo para frenar el conflicto. Fundamentó su posición en el artículo nueve de la CPE.

“El artículo 9 de la CPE de fines y funciones del Estado le faculta, más bien, al Presidente. Habla del tema de desarrollo del país, temas de carácter de justicia social, creación de fuentes de empleo, acceso a la salud, trabajo. El artículo 9 es bastante claro”, explicó.

En ese marco, el noveno artículo de la Carta Magna permitiría a Morales, además de presenciar el diálogo entre Ministros y cívicos firmar las conclusiones como una “garantía” de su cumplimiento, tal cual lo demandaron los representantes potosinos desde que inició el conflicto.

“PELEA DE EGOS”

Conforme al análisis de Bascopé en torno a este conflicto se evidencia una “pelea de egos” donde ni el Gobierno Central ni la dirigencia de Comcipo – al parecer - aceptarán perder “la pulseta”.

Identificó además una actitud “terca”, de ambas partes, lo que tiende a generar una réplica de las protestas en diferentes regiones del país. “El Ejecutivo y el Presidente tiene potestad para poder desinflar este conflicto”, aseveró.

SENADOR MONTES

Al respecto, el senador y Jefe de Bancada del Movimiento al Socialismo (MAS), Pedro Montes recordó que el primer Mandatario suscribió un acuerdo con la Central Obrera Boliviana (COB) en el periodo 2010 y 2011.

“Cuando estaba en ejercicio como ejecutivo de la COB el 2010 o 2011 dialogamos con sus ministros y la firma ha sido con el Presidente”, contó el Legislador recordando su experiencia como máximo líder del ente de los trabajadores, “las reuniones con los ministros se realizaron por tiempo y materia durante 46 horas de negociación”, dijo a tiempo de aconsejar a los dirigentes potosinos sentarse a la mesa del diálogo para obtener resultados.

LA NORMA

Constitución Política del Estado (CPE)

Capítulo Segundo: Principios, Valores y Fines del Estado

Art. 9. Son fines y funciones esenciales del Estado, además de los que establezca la Constitución y la ley:

1. Constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales.

2. Garantizar el bienestar, el desarrollo, la seguridad y la protección e igual dignidad de las personas, las naciones, los pueblos y las comunidades, y fomentar el respeto mutuo y el diálogo intracultural, intercultural y plurilingüe.

3. Reafirmar y consolidar la unidad del país, y preservar como patrimonio histórico y humano la diversidad plurinacional.

4. Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución.

5. Garantizar el acceso de las personas a la educación, a la salud y al trabajo.

6. Promover y garantizar el aprovechamiento responsable y planificado de los recursos naturales, e impulsar su industrialización, a través del desarrollo y del fortalecimiento de la base productiva en sus diferentes dimensiones y niveles, así como la conservación del medio ambiente, para el bienestar de las generaciones actuales y futuras.

 
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