Corte Interamericana de Derechos Humanos:
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en el Día Internacional de los Pueblos Indígenas recordó que son los indígenas quienes deben consentir la ejecución de proyectos en sus territorios.
La CIDH pide a los Estados Miembros a garantizar en forma efectiva el derecho de los pueblos indígenas a vivir en su territorio ancestral y poder realizar sus actividades tradicionales de subsistencia, así como también preservar su identidad cultural.
“Los pueblos indígenas deben participar en la toma de decisiones para el goce efectivo de su derecho a la propiedad comunal y a la identidad cultural. Resulta indispensable que los Estados Miembros de la OEA implementen de manera urgente las medidas necesarias para que todos los proyectos sean implementados con el consentimiento de las comunidades y los pueblos indígenas afectados”, menciona la nota.
El organismo internacional hace conocer que recibió información de violaciones del derecho al acceso a la información, a la consulta libre, previa e informada y al consentimiento de los pueblos indígenas. También expresa su preocupación sobre situaciones en que comunidades enteras están forzadas a desplazarse ante la ocupación de sus territorios o por la afectación de recursos naturales vitales, tales como agua, acuíferos o tierras utilizadas para actividades de subsistencia. Asimismo por la aparente persecución que sufren líderes indígenas que encabezan el rechazo a proyectos en sus comunidades, que consideran los perjudican.
“Los proyectos empresariales e industriales que contribuyan al desarrollo económico de los países son una pieza clave para avanzar en el combate contra la pobreza y en la garantía de los derechos económicos, sociales y culturales de la población”, señaló el Comisionado Paulo Vannuchi, encargado de la Unidad sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la CIDH.
“Sin embargo, estos proyectos deben desarrollarse siempre en estricto y total respeto a los derechos humanos de los pueblos indígenas afectados por dichos emprendimientos. Los emprendimientos de las industrias extractivas, forestales, hidroeléctricas, mineras y alimenticias, entre otras, deben desarrollarse en beneficio de las poblaciones y no perjudicarlas. Para lograrlo, los Estados deben asegurarse de cumplir con el requisito de consulta previa, libre e informada para obtener su consentimiento”, agregó.
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