Vocal Antonio Costas:
En La Paz no está permitido hacer campaña por el No
El presidente de Bolivia, Evo Morales, como todos los servidores públicos no puede hacer campaña en procesos electorales, según el artículo 126 de la Ley 026 de Régimen Electoral, pero si realiza proselitismo el Tribunal Supremo Electoral (TSE) le pedirá que se abstenga de ese ejercicio, en el marco del cumplimiento de las normas electorales, afirmó ayer el vocal Antonio Costas.
“El (presidente Evo Morales) no debe hacer campaña porque es funcionario público. Si ocurriera eso, vamos a tener que hacer una recomendación para que se inhiba de ese aspecto porque claramente dice: (la norma) ‘los funcionarios públicos no pueden hacer campaña”, afirmó Costas.
Desde el viernes 21 de agosto hasta el jueves 17 de septiembre está permitida la difusión de propaganda electoral por una de las dos opciones –el Sí o el No– del referéndum.
Dicha actividad está permitida a las organizaciones políticas y sociales que se habilitaron para tal efecto ante el TSE. Otras personas, agrupaciones, partidos políticos y otros no pueden hacer propaganda electoral.
ELECCIONES REGIONALES
A pesar de las prohibiciones de la Ley 026, el Primer Mandatario, ministros de Estado y servidores públicos en general hicieron campaña electoral a favor de las y los candidatos del Movimiento Al Socialismo (MAS).
Al respecto, los anteriores vocales no emitieron ningún pronunciamiento ni sanción sobre el particular. Solo se limitaban a decir que no recibieron ninguna denuncia del hecho y que no tenían pruebas. Otro argumento que utilizaron fue que cualquier funcionario público en el ejercicio de sus derechos democráticos puede hacer campaña electoral siempre y cuando no sea en horarios de trabajo. Con todo, la Ley de Régimen Electoral no se cumplió.
DIFUSIÓN NO PROPAGANDA
El Vicepresidente del TSE señaló que en el caso de las autoridades y específicamente del Jefe de Estado, él puede cumplir la misión de informar sobre el contenido de los estatutos, pero no hacer propaganda, pues en ningún momento deja de ser funcionario público desde que fue posesionado como Presidente de Bolivia. El cargo es de 24 horas.
“Él puede difundir, puede colaborar a que las instituciones y las personas hagamos conocer el estatuto como tal, lo prudente es que las instancias que correspondan promuevan esta votación porque él (Evo Morales) es el Presidente de todos los bolivianos. Él al momento de asumir la conducción del Estado es presidente de todos los bolivianos con todos los aspectos”, manifestó Costas.
SE NECESITA INFORMAR NO DEBATIR
A 24 días de la jornada de votación, la ciudadanía no está informada acerca del contenido de los estatutos. En algunos medios audiovisuales el TSE difunde la realización del evento como tal, el referéndum de consulta que será el 20 de septiembre, pero no el contenido de los estatutos autonómicos, indígenas o cartas originarias.
En ese marco, el vicepresidente del TSE afirmó que en este proceso lo importante es informar a la población sobre el contenido de los estatutos y no generar debate sobre los mismos para que la ciudadanía decida apoyar o rechazar.
“Ha llegado a una instancia en que la consulta no viene por el debate, viene por la votación. Tiene que difundir, ya no puede debatir en contenido porque el contenido fue cerrado”, dijo Costas y agregó que los contenidos de los estatutos y cartas orgánicas fueron elaborados para su aprobación o rechazo de la población.
Lo más importante y permitido en este proceso es informar a la sociedad el contenido de los estatutos y no generar debate.
En el caso de La Paz ninguna organización se inscribió ante el TSE para hacer propaganda por el No, por lo tanto, según Costas, ninguna autoridad ni medios de comunicación pueden pedir que se rechace los estatutos de La Paz.
Mientras la propaganda por el Sí está permitida para tres organizaciones, el MAS, Comité Cívico y Federación de campesinos.
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