En previsión de fenómenos climáticos

Autoridades deben planificar cinco acciones para gestión de riesgos



EL GOBIERNO CENTRAL Y LAS GOBERNACIONES IMPLEMENTARÁN CINCO PLANES DE GESTIÓN DE RIESGOS PARA LA ÉPOCA DE LLUVIAS.

Según el Decreto Supremo 2342, que reglamenta la Ley 602 de Gestión de Riesgos, el Gobierno Central y las gobernaciones implementarán cinco planes de gestión de riesgos para la época de lluvias. Para el viceministro de Defensa Civil, Óscar Cabrera, la implementación de políticas, lineamientos y directrices, que se encuentran en la normativa, son de conocimiento de la Federación de Asociaciones Municipales (FAM).

De acuerdo al capítulo tercero del decreto supremo, los instrumentos de planificación para la gestión de riesgos, tanto a nivel central del Estado como en el ámbito de las entidades territoriales autónomas, son: los planes del desarrollo, planes de ordenamiento territorial, planes estratégicos institucionales, planes de emergencia y contingencia y los de recuperación post – desastre.

En caso de los planes o programas de gestión de riesgos, que hayan sido formulados tanto a nivel sectorial como territorial; se establece que estos constituyen instrumentos orientadores para la integración de la temática de gestión de riesgos en los instrumentos de planificación, complementa.

Estos temas y otros fueron tratados el pasado 9 de septiembre en el encuentro Nacional de Gobiernos Autónomos Municipales de Bolivia en la ciudad de Sucre convocada por la FAM – Bolivia, según información del Viceministerio de Defensa Civil.

En la oportunidad el viceministro Óscar Cabrea Coca, quien expuso sobre la Ley 602 y su reglamentación dijo “que permitirá que las Entidades Territoriales Autónomas (ETA) en los diferentes municipios implementen las políticas, lineamientos y directrices que se encuentran en esa normativa, además de que les permita incorporar la Gestión de Riesgos en sus Planes de Desarrollo y en conexionar la normativa de Gestión de Riesgos exclusiva de cada Entidad Territorial Autónoma (ETA) con los criterios que tiene la Ley 602 y su ´reglamento”.

Tanto municipios, gobernaciones y el Estado cuentan con un plan para las época de lluvias.

Ante la proximidad de las lluvias, en el municipio paceño, el personal de emergencia realiza limpieza de sumideros para evitar que cuando caigan las torrenciales lluvias existan bocas de tormentas tapadas.

La Gobernación paceña, a través de la dirección de Alerta Temprana y Prevención de Riesgos, también cuenta con un plan de contingencia el cuál será presentado el próximo mes.

La entidad departamental también se encarga de atender a las 20 provincias paceñas ante el daño que puedan haber tenido durante o luego las lluvias.

En tanto Defensa Civil se encarga de la atención a nivel nacional, una de sus labores es la contabilización de personas damnificadas.

CONARADE

Dentro del plan de contingencia de Defensa Civil tienen contempla al Conarade, máxima instancia superior de decisión y coordinación en materia de reducción de riesgos y atención de desastres, con responsabilidades de definir estrategias, políticas y normas nacionales para la Reducción de Riesgos y Atención de Desastres o Emergencias, Reconstrucción y Reactivación de los Procesos Productivos, en las zonas afectadas por los desastres.

 
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