Ramiro Canedo Chávez
El Consejo de la Magistratura de Bolivia no solo cambió de nomenclatura (antes Consejo de la Judicatura), sin alterar su esencia, lo que ha supuesto la incorporación de mejoras cualitativas con visión horizontal, que obedece a una perspectiva desde su creación en la Constitución Política del Estado de 2009, con posición Administrativa, Responsable del Régimen Disciplinario de la Jurisdicción ordinaria, agroambiental, jurisdicciones especializadas, Control y Fiscalización, formulación de Políticas de Gestión para el Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Dirección General Administrativa y Financiera, Escuela de Jueces y el propio Consejo. Todos ellos engloban el Órgano Judicial de Bolivia.
Por primera vez se realizó la elección popular de Consejeros del Consejo de la Magistratura, acto establecido por la Constitución Política de 7 de febrero de 2009, aprobado por referéndum de 25 de enero del mismo año. La CPE en su Art. 194 señala: “Los miembros del Consejo de la Magistratura se elegirán mediante sufragio universal de entre las candidatas y los candidatos propuestos por la Asamblea Legislativa Plurinacional”.
En este entendido, tras una reforma y reingeniería constitucional, las Consejeras y Consejeros titulares y suplentes del Consejo de la Magistratura fueron electos por sufragio universal, siendo los 5 primeros con mayor votación los titulares y con un periodo de ejercicio como autoridades electas de 6 años, por lo que ejercerán hasta 2017. Pasado este periodo se hará convocatoria, preselección y posterior sufragio universal en el Estado Plurinacional de Bolivia.
En los últimos años, los Consejeros han jugado un papel esencial y políticas de Gestión activaron para afrontar los rotundos cambios con la dinámica de la norma positiva, como Código Procesal Civil, Código de Familias y del Proceso Familiar, Código Niña Niño y Adolescente, entre otros, encaminando el mejoramiento del sistema de la justica, para descolonizar el derecho y nacionalizar la justicia como principio del pluralismo jurídico.
Las tareas del Consejo de la Magistratura son actualmente, de manera estratégica, la compilación de información estadística, Línea base, Infraestructura, adecuación de ambientes, talleres sobre el trato social, Atlas judicial, Talleres de capacitación de “acceso a la justicia”, sociabilización de los códigos, normas internas como acuerdos, reglamentos, manuales circulares, resoluciones, instructivos, órdenes de servicio, memorándums, notas internas y notas de servicios, entre otros. Así también adecuación y reubicación de ambientes para juzgados y tribunales, talleres sobre el trato social y capacitación, inventariación de causas para el “SIREJ”, implementación de los conciliadores, tabla de equivalencias y otros en proyección, como la biblioteca virtual, Brigadas Móviles y Consulta en línea de Derechos Reales y REJAP (Registro de Antecedentes Penales), Desconcentración Judicial, Gestor Administrativo de Despacho Judicial, Observador Ciudadano, Sistema Estadístico Judicial. Todas estas iniciativas son para mejorar el servicio al litigante.
El mundo globalizado avanza con adelantos de la tecnología, con introducción de campus virtual, modernización, transparencia en la administración de justicia. Bolivia no está exenta de esta modernización de inter-operabilidad e intra-operabilidad, con basamento electrónico. Por tal razón, el Consejo de la Magistratura lanza el moderno sistema “SIREJ” (Sistema de Registro Judicial), y sus virtudes son: ingreso, registro y reparto de causas nuevas, que garantizará el equilibrio de sorteos “no direccionado”, seguimiento de los actos procesales desde su presentación hasta su culminación, generación de reportes estadísticos, notificación electrónica, órdenes judiciales, oralidad en los juicios para todas las materias, identificación de duplicidad de expedientes similares, algoritmo aleatorio para una distribución uniforme y equitativa de causas, sistematización de libros, expedientes electrónicos, registro y control de los abogados que intervienen en los procesos, consulta en línea de seguimiento de expedientes, consulta de las resoluciones, solicitudes de antecedentes penales “REJAP”, video grabación de audiencias, gaceta, jurisprudencia, gestión de archivos, estadística a nivel nacional, regional y por jurisdicción de cada juzgado.
El objeto de todo eso es garantizar el derecho de acceso a una justicia pronta, transparente, sin corrupción ni discriminación, acorde a la dinámica del derecho como ciencia y apuntando a la modernización en nuestra legislación positiva, conforme a nuestra realidad socio - cultural, desarrollando la gestión judicial Multimateria y servicios Inter-Institucionales, que paulatinamente se está incorporando y se efectivizará al 100% el 6 de febrero de 2016, según ordena la Ley 719 de 6 de agosto de 2015.
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