En el tratamiento de la reiterada reelección del Presidente y Vicepresidente del Estado, la Asamblea Legislativa ocupó más tiempo en la pregunta a la que debe responder el electorado en un referéndum, que al fondo de la cuestión a través de la reforma del artículo 168 de la Constitución, para dar lugar o no a la re-re-reelección. La mayoría oficialista de la Asamblea Legislativa elaboró la pregunta con marcada inducción al voto favorable a la prórroga por dos períodos consecutivos y la remitió al Tribunal Supremo Electoral, éste dando apariencias de imparcialidad la sometió a una consulta de grupos focales, para terminar suprimiendo solamente los nombres de los dos mandatarios reelegibles por cuarta vez y después de un largo debate se aprobó tal como la recibió.
Como si la reelección por dos períodos continuos del Presidente y Vicepresidente no afectara a las bases fundamentales del Estado requiriendo por consiguiente de una Asamblea Constituyente, el Legislativo aprobó la modificación del 168 por el procedimiento de la reforma parcial de la Constitución, incurriendo en violación de la misma y acarreando al mismo tiempo la nulidad de su decisión, si llegase a plantearse ese extremo.
La Asamblea se apresuró a presentar al Tribunal Constitucional la Ley de Reforma Constitucional, debiendo pronunciarse sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de dicha Ley. Sin esperar la respuesta, remitirá al mismo Tribunal la pregunta para su revisión de constitucionalidad. Concluido el trámite, se convocará a referendo mediante ley, al parecer para el mes de febrero de 2015.
La observación con respecto a que la reforma por dos gestiones consecutivas de los dos más altos mandatarios afecta a las bases fundamentales del Estado, surgió en criterio de constitucionalistas particulares y no por iniciativa de ninguno de los legisladores de oposición, lo cual tacha de algún modo su idoneidad. En todo caso, tan esencial observación apareció tardíamente cuando los dos tercios lograron abarcar sin mayores obstáculos los pasos que la Constitución señala. Este avance al parecer fue fácil y rutinario dadas las presentes circunstancias, en las que se denuncia que todos los órganos concernidos, llámense Tribunal Supremo Electoral y Tribunal Constitucional se encuentran bajo control del oficialismo (y en realidad del Órgano Ejecutivo). De ahí que vanagloriarse de una sujeción casi religiosa de tal cumplimiento, no salva del pecado original de la reforma parcial de la Constitución para la reelección repetida de la que se trata.
En este afán de perpetuación no deja de extrañar el apuramiento con el que se actúa. No sólo al interior del país sino que internacionalmente, por seguro, debe llamar también la atención. No ha pasado ni el primer año de esta gestión y se nos embarca en una aspiración que por lógica elemental y administrativa debería plantearse al final de los cinco años que tenemos por delante. Así ha ocurrido en todos los países en los que sus mandatarios padecieron el prurito prorroguista. Unos para su satisfacción y otros para su propia frustración. Lo grave de este apresuramiento es que ya nos encontramos en campañas por el SÍ o por el NO. La pugna abarcará los cinco años redondos y tal como son las cosas en nuestro medio, absorberá la dedicación de todos los resortes del Gobierno en detrimento de la gestión que debería ser su prioridad. El pueblo votó para que se gobierne de verdad y no para que se eche mano de recursos distractivos, pero se trata de adelantarse al desgaste que traerá consigo el fin de la bonanza, que así como la trajeron los factores externos de la economía, ahora empiezan a llevársela. Asegurar la reproducción del poder es lo primero y lo irrenunciable para el oficialismo.
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