A poco más de un mes de la realización del Referendo de Estatutos Autonómicos y/o Cartas Orgánicas, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) decidió propiciar un balance. El sociólogo e investigador Fernando Mayorga concluyó que el ente electoral desperdició una oportunidad de generar espacios de deliberación y se ocupó más en las restricciones a las opiniones de los ciudadanos en los medios de comunicación, además que provocó incertidumbre sobre la aplicación de las normas por las contradicciones que hubo entre sus vocales.
Durante el conversatorio “Balance del referendo aprobatorio de los Estatutos Autonómicos Departamentales de la Paz, Cochabamba, Oruro y Potosí”, Fernando Mayorga, doctor en Ciencia Política por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso) y director general del Centro de Estudios Superiores Universitarios (CESU), en la Universidad Mayor de San Simón (UMSS), expuso la temática: “Democracia participativa y deliberación política. A propósito del referendo por los estatutos autonómicos de 2015”
BALANCE
En el balance ofrecido por Mayorga basado en cuatro aspectos referidos a la publicidad entendida como socialización; a la propaganda, como parte de las campañas; además del debate y la deliberación, dijo de manera concluyente que en el referéndum del 20 de septiembre “no hubo deliberación, se desperdició la posibilidad que hubiera deliberación democrática o política deliberativa para definir la orientación de las preferencias electorales”.
“El resultado tiene mucho que ver con el carácter de las reglas, el proceso a mi juicio discurrió en el marco de una incertidumbre normativa, porque las reglas tanto el artículo 21 de la Ley 026 de Régimen Electoral como del reglamento específico para campañas para procesos de revocatoria y referendos, establecieron más restricciones que incentivos a la deliberación para la propia difusión y para el propio debate”, aseguró.
El artículo 21 referido al régimen de referendos se centra en la regulación a las organizaciones políticas, de la sociedad civil y de las naciones y pueblos indígena, originario campesinas, con personerías vigentes, que deseen participar de la campaña a favor o en contra del ‘No’ o del ‘Sí’.
El investigador aseguró que desde el momento que se estableció la inscripción y registro de las organizaciones que fueran consideradas sujetos autorizados para hacer campaña y propaganda se generó incertidumbre. (ANF)
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