Tribunal Supremo Electoral advierte
Según el vocal José Luis Exeni, la demanda marítima es considerada como política de Estado.
La demanda marítima no puede ser utilizada como parte de la campaña electoral por el SÍ o por el NO para el referéndum del 21 de febrero de 2016, porque es considerada como una política de Estado, advirtió el vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE) José Luis Exeni.
La autoridad junto a la presidenta de la entidad, Katia Uriona, y otros vocales explicaron ayer la aplicación del Reglamento de Propaganda Electoral que está en vigencia para la próxima consulta popular.
En la ocasión, los periodistas presentes consultaron cómo debería ser el manejo en el tema de la demanda marítima dado que desde antes de la aprobación de la Ley de Convocatoria al Referéndum Constitucional Aprobatorio, varias funcionarios de Gobierno y la Asamblea Legislativa afirmaron que si bien la demanda por soberanía marítima es un tema de Estado, es importante destacar que los logros obtenidos en el ámbito internacional “es gracias al presidente Evo Morales”, y, que por lo tanto, es necesario que la población conozca el trabajo del Primer Mandatario.
Al respecto, el vocal Exeni aclaró que en el caso específico de la demanda marítima ninguna autoridad de Gobierno o de otro órgano estatal puede utilizar el tema como parte de la campaña política.
“Está muy clara la distinción entre un acto de gestión y un acto electoral, es decir, una autoridad pública en un acto de gestión podrá referirse al tema marítimo como parte de una política pública o parte de gestión, pero en ningún caso lo podrá utilizar como parte de su campaña electoral”, afirmó Exeni.
La autoridad electoral usó como ejemplo, el acto del 189 aniversario de la Armada Nacional de Bolivia donde el presidente Morales se refirió en extenso a la actual situación de la demanda marítima que se ventila en la Corte Internacional de Justicia de La Haya y la invitación de Chile a dialogar.
“Eso está permitido porque se trata de un evento estatal, pero, (por ejemplo el Presidente) no puede salir en ese mismo acto y decir, Si a la demanda marítima porque se convertiría inmediatamente en campaña y propaganda que está prohibido”, explicó Exeni.
TODOS LOS TEMAS
Las autoridades del Órgano Electoral recalcaron que el control y el cumplimiento del Reglamento de Propaganda no se limita a determinados temas, sino a todos los temas de gestión pública o política de Estado.
Éstos no pueden ser utilizados como parte de la campaña electoral de ninguna organización política que esté a favor o en contra de la modificación del artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE). “Es una distinción con cualquier tema, con cualquier política pública de educación, salud u otros, en ningún caso se lo puede utilizar como parte de la campaña electoral”.
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