Tribunal actúa de oficio para detectar a quienes incumplen reglamento



PRESIDENTA DEL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL, KATIA URIONA.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) asume competencia y actúa de oficio para detectar, a través de monitoreo, a las instituciones públicas o funcionarios que infrinjan el Reglamento de Propaganda Electoral para el referéndum del 21 de febrero de 2016, informó la presidenta de la entidad, Katia Uriona. La autoridad indicó que con ese procedimiento se amonestó a cuatro entidades públicas y la Alcaldía paceña por utilizar los monosílabos SÍ y NO en sus anuncios.

“Haremos un monitoreo a nivel nacional. Los Tribunales Electorales Departamentales también tienen competencia para hacer este monitoreo. Se va a verificar que las transmisiones de entrega de obras no duren más de 15 minutos, que no se incluya el SÍ o el NO en los mensajes”, afirmó Uriona a radio Erbol.

El monitoreo y seguimiento de la entrega de obras se realiza sin necesidad de que exista una denuncia respecto a la vulneración del reglamento de propaganda en referéndum, además, este seguimiento se hace también “a las autoridades en todos sus niveles o propagandas de las empresas estatales”.

El TSE vigila las transmisiones de los medios, sobre todo estatales, radiales y televisivos, especialmente que no se transmita ninguna entrega de obras 30 días antes de la fecha del referéndum.

PRIMEROS AMONESTADOS

En días anteriores, el TSE envió notas de amonestación a tres entidades dependientes del Estado, el Ministerio de Obras Públicas, la aerolínea estatal Boliviana de Aviación (BoA) y la empresa de transporte por cable “Mi Teleférico”, además de la Alcaldía de La Paz a los que instruyó retirar publicaciones observadas que llevan las palabras NO y SÍ, respectivamente, porque dichos anuncios incumplen las normas establecidas por el reglamento de propaganda Electoral.

NORMA

El artículo 25 del reglamento de propaganda referido al “Uso del SÍ y del NO” dice: “Ninguna entidad pública o empresa estatal, o con participación del Estado, podrá difundir mensajes pagados en medios de comunicación masiva, medios en espacios públicos ni medios digitales, en los que se induzca al voto utilizando frases, imágenes, símbolos o cualquier otro elemento gráfico, sonoro o audiovisual, que haga referencia al ‘SÍ’ o al ‘NO’, u otras opciones sometidas a consulta en referendos temáticos, durante todo el periodo electoral”.

Al respecto, Uriona dijo que “en este caso, se actuará por las dos vías, (es decir) si llega la denuncia con el respaldo que se necesita y además está fundamentada o también podemos actuar sin ninguna denuncia de por medio (…) Las instituciones estatales pueden emitir propaganda, pero sólo del uso de sus servicios, en ningún caso pueden inducir al SÍ o al NO, tampoco utilizando las voces o las imágenes de las autoridades”.

 
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