Vigencia nuevo Código Civil

Conciliadores no cuentan con reglamento para iniciar labores


Nuevas autoridades judiciales designadas en los juzgados Público y Comercial, recientemente posesionados como conciliadores, en aplicación del nuevo Código Procesal Civil, refirieron que les hace falta un reglamento que les otorgue facultades para iniciar sus actividades como conciliadores.

Así lo hicieron conocer a EL DIARIO las funcionarias que desde el pasado 10 de febrero se encuentran trabajando en las nuevas dependencias de los juzgados Público Civil y Comercial.

“No hay el reglamento para que empecemos a trabajar, sin embargo, nosotros estamos recibiendo procesos”, relató una de las conciliadoras que pidió reserva para no tener problemas. Agregó que desde la aplicación de la nueva norma atendieron dos casos.

En visita realizada por EL DIARIO a las nuevas instalaciones, se evidenció que son ambientes nuevos, de unos tres por tres metros, en su mayoría; ahí se pudo observar que los conciliadores cuentan con un equipo de computación, además de una mesa con cuatro sillas, donde se presume se realizarán las conciliaciones.

En las inmediaciones, personas que acude a dichos juzgados, algunas de ellas coincidieron en indicar que tienen procesos antiguos y que no entienden mucho cómo es la nueva norma, que tiene como característica la implementación de la oralidad en los litigios.

En la judicatura de La Paz existen unos 66 juzgados con la nueva denominación, ellos están distribuidos en el edificio Jenny, ubicado en la calle Bolívar, en el edificio Anexo “A”, calle Jenaro Sanjinés, y el edificio Yanacocha, situado en la calle del mismo nombre, esquina Ingavi.

CONSENSO

Según el abogado Luis Araoz Torrez, la aplicación de la nueva normativa en materia Civil es complicada, porque no se socializó la misma y afirmó que en su aplicación advirtió que habrá muchos problemas por ese detalle.

“No puede haber una conciliación si no hay una resolución judicial o acta, que es la validación para continuar el proceso”. Agregó que otro problema serán las notificaciones electrónicas.

“Si a una persona la notifican por esta vía y ésta no sabe de la notificación, sigue el proceso sin que se entere, esto es raro”, sostuvo.

En criterio del abogado, de no resolverse esa situación, la carga procesal se incrementará y la retardación continuará.

NUEVO CÓDIGO CIVIL

Por su parte, el proyectista del nuevo Código Civil, Andrés Baldivia Calderón de la Barra, el Nuevo Código Procesal Civil supera muchos desafíos, entre ellos la conciliación judicial. El factor conciliador debe aplicarse en dos fases: primero, en la conciliación preprocesal y, después, en la conciliación intraprocesal. “De esta forma se allana en mucho la burocracia judicial”.

Baldivia aclaró que si bien el nuevo Código es para futuros procesos, aclaró que debe tomarse en cuenta que hay normas anticipadas, es decir, que pueden ser ya aplicadas en las causas que están en trámite. Pues, si estuvieran abandonadas por más de seis meses, “viene la extinción del proceso”.

 
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