Minibuses y carrys
Los propietarios de minibuses y carrys que modificaron el interior de sus vehículos para incrementar asientos deberán volver a dejar el motorizado como estaba de fábrica en un plazo de tres meses, en cumplimiento de la a Ley 167 de Control de Servicio de Transporte de Pasajeros y el reglamento respectivo, informó la directora de Ordenamiento y Regulación de Transporte, Claudia Mendoza.
La Ley 167 de Control de Servicio de Transporte de Pasajeros y el reglamento respectivo especifica los parámetros de las condiciones técnicas de operación y calidad para esos tipos de vehículos.
Se busca así brindar un mejor servicio y comodidad a los usuarios. Mendoza informó que de esa manera el dueño deberá retirar los asientos extras y respetar la distribución de espacios destinados al usuario (un asiento por persona). Además, los asientos deberán ser fijos e inamovibles y el tapiz de los mismos deberán estar sin daños y limpios.
Según el compromiso suscrito entre Alcaldía y dirigencia de choferes y de vecinos y Control Social, los vehículos deben tener claramente identificado el servicio, las puertas en buen estado, las ventanas en buen estado y con posibilidades de abrirse y cerrarse, contar con implementos para seguridad y primeros auxilios, la visibilidad de los parabrisas (con lo cual se obliga a sacar los carteles de cartón), el buen estado de los asientos.
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