Exministro de Justicia:
• Carlos Alarcón afirmó que el acuerdo no pasó por el control constitucional
El acuerdo bilateral firmado entre los gobiernos de Bolivia y Rusia sobre el diseño, construcción y operación del futuro Centro de Investigación y Desarrollo en Tecnología Nuclear está “herido de muerte” por no haber pasado por control constitucional, afirmó el abogado Carlos Alarcón. El proyecto tiene vicios de nulidad, agregó.
El también exministro de Justicia y experto constitucionalista explicó a ANF que el tratado internacional firmado por Bolivia y Rusia el 6 de marzo en El Alto no solo vulnera los procedimientos de control constitucional previo y obligatorio que debiera existir a los acuerdos internacionales, sino que también vulnera los derechos de legisladores y el de los ciudadanos, que podían haber solicitado un referéndum sobre el centro con el 5% de firmas del padrón.
“Sí o sí el control de los tratados de constitucionalidad debe ser previo y obligatorio, porque de lo contrario se corre el riesgo de que entren en vigencia y se incorporen en el ordenamiento jurídico tratados que irían en contradicción a la propia Constitución Política y se estaría afectando el orden básico y fundamental del Estado”, señaló.
Aunque fue presentado como un centro de investigación nuclear, el tratado entre Rusia y Bolivia también habla de la producción de energía nuclear en el país con apoyo ruso.
En una amplia exposición del marco jurídico vigente, Alarcón enfatizó que tanto la CPE, el Código Procesal Constitucional y la Ley 401 de Celebración de Tratados establecen la obligatoriedad a la Asamblea Legislativa a remitir al Tribunal Constitucional el proyecto de tratado internacional dentro de los 20 días desde el momento que recibe dicho documento.
OBSERVACIONES
“El presidente nato de la Asamblea Legislativa, Álvaro García Linera, una vez que el Órgano Ejecutivo le mandó el proyecto del tratado internacional el 9 de marzo, en lugar de remitirlo a la presidencia de la Cámara de Diputados debió remitirlo al Tribunal Constitucional a partir de la fecha de su recepción y en el plazo de 20 días. Pero hemos revisado la secuencia de casos que ingresaron y en la página web oficial no figura ninguna causa, ni ningún expediente ingresado con este objeto”, señaló.
A su vez, el Tribunal Constitucional contaba con 45 días para pronunciarse sobre la compatibilidad o incompatibilidad con la CPE. Los artículos 108 y 109 del Código Procesal Constitucional establecen que “en caso de declararse inconstitucional un tratado bilateral, el mismo no será ratificado debiendo procederse a un su renegociación si corresponde”.
“Al no haberse respetado este procedimiento de control de constitucionalidad el primer efecto violatorio de derechos ha sido el no haber permitido que los legisladores, no sólo de la oposición, ejerzan este control de constitucionalidad”, manifestó.
ARTÍCULO 259 DE CPE
El artículo 259 de la CPE señala, además, que “cualquier tratado internacional requerirá de aprobación mediante referéndum popular cuando así lo solicite el 5% de los ciudadanos registrados en el padrón ó el 35% de los representantes de la Asamblea Legislativa”.
Alarcón dijo que solo el anuncio de convocatoria a referéndum suspendería el acuerdo bilateral hasta conocerse los resultados de la consulta ciudadana. “Este desmedido apresuramiento y haber obviado el control de constitucionalidad obedece a estas dos razones: evitar el control de constitucionalidad por parte de los legisladores y evitar la participación ciudadana para generar un amplio debate”, dijo.
En mérito a lo sucedido con el contrato bilateral con Rusia, Alarcón aseguró que el vicio de nulidad es manifiesto. Dijo que incluso el tratado con Rusia con énfasis en la salud, podría estar “tapando” de alguna manera el propósito principal, de generar energía nuclear, lo que puede contradecir el espíritu pacifista del Estado Plurinacional de Bolivia.
RETRACTARSE
En criterio del constitucionalista, a estas alturas, cuando ya se consolidó la vulneración de la CPE, lo que le corresponde al Gobierno es retroceder el acuerdo al punto de la recepción por la Asamblea para que García Linera remita el documento al TCP en mérito de sus obligaciones y reencamine todo el proceso.
De no retractarse –dijo el jurista– el Presidente y Vicepresidente pueden ser pasibles de juicios de responsabilidades.
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