La Defensoría del Pueblo señala en su informe anual que la tortura y los malos tratos conforman la segunda vulneración más denunciada en Bolivia, que tiene que ver con el derecho a la integridad personal.
“El segundo derecho más demandado se refiere a la integridad personal que en 2015 se registró en 2.165 oportunidades, lo que implica un 13% de las veces. Este derecho tiene que ver con los actos de tortura, tratos o penas crueles, inhumanas, humillantes o degradantes”, señala el informe de la Defensoría.
Durante la gestión 2015 la entidad recibió 16.601 casos en los que se denunciaba la vulneración de derechos. En algunos casos, una denuncia incluía más de un derecho, por lo que la cantidad es superior al número de denuncias recibidas, aclara.
En la gestión pasada se registraron 51 derechos afectados, según el clasificador aprobado por la Defensoría del Pueblo, que tiene como base la Constitución Política del Estado, las leyes y los instrumentos internacionales de derechos humanos.
El derecho más denunciado tiene que ver con las garantías del debido proceso y acceso a la justicia que reporta 2.827 casos (17% del total), y que involucra el derecho a la igualdad en el proceso, el acceso a la jurisdicción, a un tribunal imparcial, al plazo razonable, a la presunción de inocencia, a la defensa, al recurso, a la prohibición de declarar en contra de sí mismo, a la publicidad del proceso, al derecho de las víctimas, y a los bienes jurídicos protegidos en la acción de libertad.
El órgano judicial y la Policía fueron las instituciones más denunciadas en 2015.
Casos
El 5 de Junio de 2015, El Instituto de Terapia e Investigación contra la Tortura (ITEI) denunció que en el caso de la fuga del empresario peruano Martín Belaunde la Policía utilizó tortura sicológica para “quebrar” a los involucrados y obtener “confesiones”.
El 12 de Septiembre del mismo año, una mujer embarazada de Cochabamba denunció que fue víctima de robo y tortura por policías en una celda. Son algunos de los casos citados por el informe Defensorial.
Recomendaciones
no cumplidas
En 2013, el Comité contra la Tortura (CAT) recomendó al Estado Boliviano incorporar a la legislación penal una definición de tortura que abarcara todos los elementos que figuraban en el artículo 1 de la Convención. En 2014, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos señaló que la Asamblea Legislativa aún no había modificado la definición de tortura en el Código Penal, que no era conforme a los estándares internacionales, tanto en lo que se refería a los elementos del delito como a su sanción.
La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH) señaló que se había creado el Servicio para la Prevención de la Tortura (SEPRET), que ejercería de mecanismo nacional de prevención; sin embargo, la Alta Comisionada expresó preocupación por que su independencia se viera afectada por su dependencia respecto del Ministerio de Justicia y porque no se hubieran definido su mandato y facultades por ley.
El CAT expresó su preocupación por las demoras en la instrucción y el examen de la causa penal en los casos de malos tratos, tortura, uso excesivo de la fuerza y muertes en detención policial.
Instó a Bolivia a investigar de manera pronta e imparcial todas las denuncias de tortura y malos tratos y a velar por que los actos de tortura no quedaran sujetos a ningún régimen de prescripción.
El CERD (Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial) expresó su preocupación por la devolución arbitraria de refugiados. El CAT instó a Bolivia a garantizar que ninguna persona pudiera ser expulsada cuando existieran razones fundadas para creer que correría el riesgo de ser sometida a tortura, y a velar por que la Comisión Nacional del Refugiado (CONARE) hiciera cumplir el principio de no devolución.
Impunidad
Un factor importante en este tema tiene que ver con la impunidad evidenciada en la gran mayoría de los casos de muertes, torturas y malos tratos, señala la Defensoría, que han sido denunciados recientemente.
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