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El “humano” garrote vil



“Deseando conciliar el último e inevitable rigor de la justicia con la humanidad y la decencia en la ejecución de la pena capital”, Fernando VII firmaba el 28 de abril de 1832 la abolición en España de la pena de muerte en la horca “mandando que en adelante se ejecute en garrote ordinario la que se imponga a personas del estado llano; en garrote vil la que castigue los delitos infamantes sin distinción de clase, y que subsista el garrote noble para los que correspondan a la de hijos-dalgo”.

 
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