Sanciones por denuncias falsas

Armando Aquino Huerta

Desde hace algún tiempo, muchas denuncias falsas contra dignatarios de Estado, funcionarios públicos y particulares se ha difundido impunemente; hecho que motiva el presente artículo amparado en la libertad de pensamiento previsto en el Art. 21. 5) de la Constitución Política del Estado que dice: “Las bolivianas y los bolivianos tienen los siguientes derechos: 5) A expresar y difundir libremente pensamientos u opiniones por cualquier medio de comunicación, de forma oral, escrita o visual, individual o colectiva”; y lo hago -sin apasionamientos- con los siguientes razonamientos:

Si los denunciantes no prueban los delitos denunciados alegremente; en primer lugar incumplen con su obligación legal de probar, en segundo lugar mellan el honor y la dignidad de las personas denunciadas, en tercer lugar se burlan de la justicia y de la sociedad, y en cuarto lugar mienten irresponsablemente porque no son sancionados de alguna manera. Pues no hay en las cárceles personas que hayan denunciado falsamente la comisión de delitos; situación que al parecer alienta a que se sigan denunciando falsamente delitos no cometidos, ignorando inclusive que ninguna ley obliga al denunciado (a), a presentar pruebas de ninguna clase, menos la Declaración Universal de Derechos Humanos, ni el Pacto de San José de Costa Rica; porque el denunciante es el que está obligado a probar legal y moralmente y no el denunciado.

Solo en la época de la Inquisición, practicada por los inquisidores que el pueblo los conoce, se obligaba a probar al denunciado EN NOMBRE DE DIOS.

Lamentablemente, el Código de Procedimiento Penal, considerado “modelo” para erradicar la retardación de justicia, la “carga procesal”, el alarmante incremento de los detenidos preventivos en los recintos penitenciarios, las injusticias y la corrupción en la administración de justicia, no han cumplido sus objetivos en los 17 años de vigencia. Al contrario, ha dado lugar a las denuncias falsas y temerarias, porque no prevé de manera clara y precisa ninguna sanción para los autores de dichas denuncias; al extremo que desconociendo el octavo mandamiento que dice: “No hablarás contra tu prójimo falso testimonio” (No dirás falso testimonio ni mentiras), y violando el principio ético-moral “…ama llulla…” (no seas mentiroso) previsto en la Constitución Política del Estado en su Art. 8. I, se sigue denunciando delitos no cometidos, basados en falsedades y mentiras. Consiguientemente, se hace necesario saber que intenciones malas tienen las personas que denuncian hechos delictivos que no fueron cometidos, y solo existen en la maldad y odio de tales denunciantes.

Esos denunciantes deben ser sancionados ejemplarmente, para lo cual es necesario sancionar tal conducta con una pena de entre 5 a 10 años de privación de libertad; porque no se puede permitir que se mienta impunemente, ya que la mentira es contraria a la cultura del “vivir bien”, que la sociedad viene buscando.

Ni qué decir si esa clase de denunciantes practica la política de una u otra manera, porque en ellos no hay dudas de la intención y finalidad de las denuncias falsas; a quienes los políticos llaman anarquistas. Al respecto, el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define al anarquismo como la “Doctrina que propugna la desaparición del Estado y de todo Poder. Movimiento Social inspirado por esta doctrina”. Dicho en otras palabras, es el rechazo a la autoridad pública, al gobierno legalmente constituido, a la ley, y al orden social; para ello los anarquistas promueven la confusión, el desconcierto, el temor y el terrorismo, basados en la mentira; los anarquistas, creyendo ser poseedores de la verdad, se trazan objetivos y fines sin medir consecuencias; por lo mismo no cesan en sembrar el caos y desestabilizar el orden y gobiernos legítimos, sin importar la ilicitud de sus acciones y la comisión de delitos.

Ello ocurre porque sus ideales se sustentan –generalmente- en el capricho, incubado por los fracasos de sus planes, el debilitamiento de sus organizaciones, o la pérdida de credibilidad de sus líderes. Dicho en otras palabras, los anarquistas son políticos fracasados, que se obstinan a no perder el poder que un día tuvieron y disfrutaron. Por lo mismo se dice que los anarquistas realizan actos y dicen incongruencias, no por casualidad, sino por causa de la cruda realidad que viven y se niegan a aceptar, porque todo lo que hace el gobierno legalmente constituido, consideran que es imperfecto y perjudicial, cuando en la realidad es a la inversa.

En sus propósitos y objetivos se creen intocables, y cuando se sienten tocados elevan el grito al cielo, exigiendo respeto a los derechos que ellos mismos no respetan; así proceden, porque son reacios al imperio de la Ley y de la autoridad, porque consideran –sin justificativo alguno- que se viola la razón de sus ideales y objetivos. Llegan al extremo de creer –y pretender hacer creer- que las minorías están hechas para gobernar a su voluntad y capricho, inclusive en nombre de la democracia; desdeñan ser gobernados porque consideran que no nacieron para ello, quieren ser gobernantes, sin importar los medios para copar el Poder, propugnan la rebelión contra el Estado, repudiando la Constitución y las leyes, sin importarles violar las normas éticas y morales. Esta triste realidad es el fruto de no aceptar las lecciones de sus fracasos y los mensajes de los demócratas que tienen el respaldo de las mayorías. Por ello, las acciones y declaraciones de los anarquistas no resisten la menor prueba de verdad, virtud, honestidad, y patriotismo.

Por ello los denunciantes de denuncias falsas y la mentira deben ser sancionados, por el bien de la sociedad.

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