La fase de impugnaciones contra los postulantes a Contralor General del Estado comenzará desde hoy, las que deberán ser presentadas a la Comisión Mixta de Planificación del Legislativo, etapa que durará hasta el 7 de junio, informó el senador del Movimiento Al Socialismo (MAS), René Joaquino.
Dicha instancia legislativa resolverá las impugnaciones hasta el 9 de junio, fecha en la que se tendrá la lista de los postulantes que pasarán a la etapa de evaluación de méritos y entrevistas.
IMPUGNACIÓN CIUDADANA
Las impugnaciones podrán ser presentadas por cualquier ciudadano que tenga alguna observación, pero para ello deberán ser acompañadas de pruebas documentales que fundamenten sus denuncias.
El Presidente de la Comisión dijo que los postulantes que logren pasar la etapa de impugnaciones pasarán a la última fase, que es la publicación de nombres, para ingresar a la última, en la que se procederá a la de evaluación de méritos y entrevistas.
“Entre el 10 y 11 de junio será publicada la lista oficial de los postulantes habilitados que van a pasar a la última fase o última etapa, que será la de evaluación de méritos y entrevista”, informó.
Posteriormente, la Comisión Mixta de Planificación elaborará su informe final el 18 de junio, con los nombres de los aspirantes que loguen pasar todas las fases para llegar a la etapa final.
La Asamblea Legislativa, por dos tercios de votos, elegirá finalmente a la nueva Contralora o Contralor el 23 de junio.
HABILITADOS
La Comisión Mixta de Planificación habilitó la semana pasada a 50 postulantes de 77 que se inscribieron, respondiendo a la convocatoria de la Asamblea Legislativa. De esos 50 aspirantes 14 son mujeres y 36 varones, el resto: 27 aspirantes quedaron excluidos.
De acuerdo al artículo 216 de la Constitución Política del Estado (CPE), “La Contralora o Contralor General del Estado ejercerá sus funciones por el periodo de seis años, sin posibilidad de nueva designación”.
El artículo 217, en su parágrafo primero, señala también que la Contraloría General del Estado será la responsable de la supervisión y control externo posterior a la administración de las entidades públicas y de aquellas que tengan participación o interés económico del Estado.
El parágrafo segundo de dicho artículo indica que cada año los organismos públicos presentarán un informe sobre la gestión administrativa que han cumplido el año anterior, como parte de la labor de fiscalización del sector público. La Contraloría elevará un documento de conclusiones a la Asamblea Legislativa.
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