Viceministra Ríos
La viceministra de Política Tributaria, Susana Ríos, afirmó que el proyecto de ley de modificación del Código Tributario, presentado por el Ministerio de Economía a la Asamblea Legislativa, busca un tratamiento más justo con los contribuyentes que quieren cumplir con sus obligaciones.
ARTÍCULO 35
En cuanto al artículo 35 del Código Tributario aprobado el 2002, afirmó que no sufrirá modificaciones. Este punto de la norma dice: “los derechos y obligaciones del derecho pasivo y el tercero responsable fallecidos serán ejercitados o en su caso cumplidos por el heredero universal sin perjuicio de que éste pueda acogerse al beneficio de inventario”.
Ríos remarcó que no se está modificando dicho artículo y que no hay ninguna norma que se refiera a que la deuda se va a transferir hasta una tercera generación.
HEREDEROS
Explicó que los herederos tienen la opción de aceptar o no el patrimonio heredado (auto, casa, empresa, etc) ya que si este patrimonio tiene una deuda mayor a su valor es posible acogerse al beneficio del inventario establecido en el Código Civil, que permite aceptar la herencia con inventario a fin de que la misma no se mezcle con el patrimonio del heredero.
REGULARIZACIÓN
El proyecto de ley establece un periodo de regularización hasta el 31 de diciembre del presente año, para que todos los deudores puedan pagar o solicitar un plan de pagos de sus deudas recalculadas con una tasa de interés única del 4% y una multa por omisión de pago del 40%.
Si los contribuyentes efectúan un pronto pago de sus deudas en este periodo de regularización, se beneficiarán además con una reducción del 10% adicional de la multa aplicable si lo realizan hasta el 31 de agosto del presente año, y del 5% si pagan hasta el 31 de octubre.
El pago podrá realizarse en una sola cuota o en cuotas de hasta 36 meses dependiendo de las posibilidades del contribuyente, pero con el beneficio de un interés fijo del 4% que genera certidumbre en la persona que quiera regularizar su situación con el fisco.
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