Según nueva legislación
• En la fijación de límites cuando no hay conciliación se tiene que ir a referéndums
Ante los conflictos de límites entre municipios o regiones, de acuerdo a uno de los acápites de la Ley 339 de Autonomías, las gobernaciones regirán los acuerdos de delimitación de los sectores en conflicto, previa solicitud de una de las partes o de ambas, según explicó el viceministro de Autonomías, Gonzalo Vargas.
El Viceministro señaló que antes, con la Ley 2150 de Unidades Político Administrativas (UPAS), los límites debían definirse en todo el perímetro de cada departamento, región o municipio. Pero, desde agosto de 2013, con la Ley 339 de Delimitación de Unidades Territoriales, se pueden resolver únicamente aquellos sectores cuya delimitación está en conflicto y mediante un proceso a seguirse.
Uno de los municipios o ambos tiene o tienen que presentar la demanda ante las gobernaciones, la misma que debe estar acompañada de una propuesta de delimitación y contar con el visto bueno de la población de cada Alcaldía. La propuesta se entregará a la comunidad con la que se tiene el conflicto, la que a su vez deberá responderla.
Sobre la base de estas propuestas se efectuará un nuevo relevamiento de información, con sus coordenadas georeferenciales respectivas, en el que se describa los tramos de coincidencia y divergencia, los que vuelven a ser presentados a las poblaciones para que se reúnan e intenten llegar a acuerdos, afirmó.
Sobre los perímetros acordados se elabora un “Acta de conciliación” y sobre los límites en descuerdo se presenta un “Actas de no Conciliación” con su levantamiento de las coordenadas georeferenciales correspondientes.
Señaló que en los casos de límites no conciliados van a referéndum entre ambos municipios o regiones. Previamente, para preparar la consulta, se mandan las actas a la Dirección Departamental de Límites, que solicita al Órgano Electoral que se realice la consulta en ese tramo.
Asimismo, el Tribunal Supremo Electoral deberá elaborar un reglamento para la consulta en el que se delimiten los sectores poblacionales que deberán presentarse. Reglamento que hasta la fecha no se está concluido, explicó.
En el caso de la resolución de conflictos entre departamentos, el procedimiento es similar con las diferencias que, las demandas y propuestas de delimitación, las presentan autoridades de las gobernaciones, al departamento de límites del Ministerio de Autonomías. Solicitudes que también deben tener la aprobación de sus pobladores.
Luego, ambos departamentos envían una propuesta con sus respectivos límites de creación, señalando sus coordenadas georeferenciales. Ambos gobiernos departamentales se reúnen para negociar y con los resultados firman “Actas de conciliación” y las “Actas de no Conciliación” que se presentan al Ministerio de Autonomías.
Otra diferencia, dijo que está en que los departamentos no van a referéndum, sino que los casos de “Actas de no Conciliación” son resueltas por el Tribunal Supremo de Justicia, que sobre la base de la documentación presentada, por ambos departamentos, actúa como árbitro que define cual será el límite y luego envía este resultado a la Asamblea Legislativa que estudia el caso y lo eleva a rango de Ley.
Adelantó, además, que según la Ley Marco de Creación y Modificación de Unidades Territoriales, que reemplazará a la Ley de Unidades Político Administrativas 2150 (UPAS) y que próximamente se presentará a la Asamblea Legislativa Plurinacional, para su aprobación y con la cual recién se podrá recibir solicitudes de creación de unidades de nuevos municipios.
Aclaró que según esta próxima ley, la formación de nuevos municipios (consistentes en la fracturación de uno, que se divide en dos), establece que en cada uno de la nuevas alcaldías deberán quedar como mínimo 10 mil habitantes para que ninguno de los dos quede inviable político y económicamente.
EXPERTO
De su parte, el Lic. Fabián Yasic, exviceministro de la Cartera de Descentralización, explicó que pese a no conocer a detalle la nueva Ley Marco a efectivizarse en la Asamblea Legislativa, afirmó a El DIARIO que cuando se encontraba ejerciendo como diputado se discutió la necesidad de trabajar la Ley de Unidades Territoriales.
Lamentó que en ese entonces, el Ministerio de Autonomías presentó una propuesta muy limitada para la solución integral de los conflictos de límites, por lo que su persona propuso que se elabore una ley que sustituya plenamente la ley de UPAS.
Afirmó que la derogación de la ley de UPAS habría servido para generar una institucionalidad jurisdiccional, especializada en todos los temas de administración territorial que tienen que ver con conflictos de delimitación tanto municipales como regionales y departamentales. Esto a través de la creación de un de “Instituto de Límites” que, de manera especializada, se dedique a buscar una solución integral.
Este, señaló, deberá ser no solo especializado sino también independiente del Ministerio de Autonomías y Gobernaciones, que son instancias políticas, como sucedía en la antigua ley de UPAS y que por ello no se resolvia conflicto alguno.
“No se me escucho lastimosamente y hoy tenemos dos leyes en vigencia la 339 y la 2150, dando lugar a que los municipios se acojan a una u otra” en forma discrecional. Sostuvo que espera que se trabaje, de una vez, una sola norma con las mejoras de la Ley 2150 de UPAS y la 339, de manera que regule todo el proceso de delimitación, demarcación y creación de unidades territoriales en un único proceso.
Añadió que no está de acuerdo con que el Órgano Electoral diseñe la cartografía de los territorios en disputa, en el caso de los referéndums, porque esa no es su función.
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