Ministerio de Economía rechaza responsabilidad en actos ilícitos


El Ministerio de Economía y Finanzas dirigió a EL DIARIO una nota para deslindar presuntas omisiones del titular del ramo, Luis Arce Catacora, sobre una nota informativa publicada en estas páginas en su edición del lunes 4 de este mes, sobre “tres escándalos de corrupción”, por autorizar desembolsos de fondos fiscales que dieron lugar a estos.

Las aclaraciones puntuales que contiene la misiva son:

“Primero, de acuerdo a normativa vigente (Decreto Supremo No. 29894), esta cartera de Estado tiene la competencia de realizar desembolsos a todas las entidades públicas. Conforme a lo que prevé este, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas se constituye en una instancia técnica “operativa” de las operaciones de tesorería de las entidades y empresas de la Administración Pública, es decir que actúa por cuenta y a solicitud de cada una de las entidades del sector público.

El MEFP canaliza diariamente en promedio 3.000 desembolsos, por lo cual si la aseveración de su titular fuera cierta, esta cartera de Estado sería “responsable” de todos los recursos de los desembolsos”.

“En este sentido, el MEFP canaliza los desembolsos a Enabol y Enatex, en el marco del cumplimiento de los DS No. 98 y DS No. 1253, respectivamente, a requerimientos de dichas entidades. Por lo tanto, esta cartera de Estado en ningún momento ‘autoriza desembolsos’ de forma arbitraria, como sugiere su nota; sino más bien en cumplimiento de una norma”.

“Segundo, como en reiteradas ocasiones se ha informado, en el marco de lo previsto por la Constitución Política del Estado (CPE), el Decreto Supremo No. 29894, la Ley No. 1178, las Normas Básicas del Sistema de Tesorería y la normativa vigente, el MEFP no tiene atribuciones para fiscalizar la ejecución de recursos de las entidades del sector pública, toda vez que, conforme a la normativa referida, las instancias encargadas de realizar el control gubernamental son las propias entidades, a través de sus controles internos, y la Contraloría General del Estado para el control externo posterior. Las únicas instancias llamadas por Ley para fiscalizar son la Contraloría General del Estado y la Asamblea Legislativa Plurinacional”.

“Tercero, el MEFP, en cumplimiento del DS No. 0098 ha efectuado un aporte de capital a Enabol de $us 30 millones para la ejecución del proyecto de implementación del empujador fluvial mutipropósito en el canal Tamengo e hidrovía Paraguay-Paraná, formulado por la misma entidad. Sin embargo, según normativa vigente, la ejecución del proceso de contratación es total responsabilidad de la MAFP de Enabol (Gerente Comercial). Al respecto es importante aclarar que las autoridades judiciales han tomado las acciones correspondientes, que han concluido en la detención de la MAE de Enabol, quien es el responsable del proceso de contratación irregular”.

INTERPRETACIÓN

De acuerdo con las explicaciones anteriores, puede llegarse a la conclusión de que las entidades y empresas públicas tienen discrecionalidad para obtener desembolsos fiscales solo a su entera y exclusiva responsabilidad.

Entonces, no parece ser necesario que aquellas tengan que buscar la autorización del desembolso por parte del MEFP, porque resulta ser un simple trámite burocrático.

Por tanto, resulta suficiente que en el Presupuesto General se les haga las asignaciones respectivas para su funcionamiento y operatividad y que directamente las entidades y empresas públicas las manejen, sin mayores trámites ni eventuales contratiempos.

Empero, es necesario anotar que en el caso de Enabol, el MEFP no tuvo nada que decir para que haga una adquisición pagando por anticipado el total de costo –30 millones de dólares– para la provisión del material que supuestamente se adquiría, en este caso de las 16 barcazas y 2 remolcador que iban a ser utilizados en el transporte de la producción del departamento de Santa Cruz por la hidrovía Paraguay-Paraná, en forma independiente, sin tener que contratar servicios extranjeros, como sigue ocurriendo al presente.

Tal como anota la aclaración del MEFP, se incurrió en un acto ilícito que ahora se lo sanciona con la reclusión penitenciaria del exgerente de Enabol. En todo caso, la sanción personal se justificaría, pero ¿quién responde al presente sobre el desembolso de $us 30.000? Pues, las barcazas ni los remolcadores han sido recibidos por Bolivia.

 
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