Desde ayer entró en vigencia las sanciones pecuniarias para la publicidad engañosa, cuyo reglamento tiene origen en los reclamos recibidos en el Centro de Atención al Usuario y al Consumidor de La Paz y las sanciones por cada infracción serán de hasta Bs 22 mil.
El viceministro de Defensa de los Derechos del Consumidor, Guillermo Mendoza, informó que el reglamento de la Ley 453 establece sanciones a prestadores de servicios, proveedores de productos y otros que “inflan la oferta” de manera intencionada; aunque aclaró que la función del Viceministerio, más que sancionar, es de buscar conciliación entre ofertantes y demandantes para lograr resarcimiento moral, económico o pago por daños y perjuicios.