La Ley Marco de Autonomías que dio lugar al Pacto Fiscal es un proceso de concertación en el que se tratará la generación, distribución y destino de los recursos públicos que, en la realidad, son los procesos pendientes del proceso constituyente. Es, en todas sus formas y objetivos, una prolongación de la Ley de Participación Popular que pretendía la distribución equitativa de medios financieros de la República para que, conforme a principios autonómicos, los utilicen prefecturas (hoy gobernaciones), municipios, entidades fiscales e instituciones que de una u otra forma dependan del erario público.
La Ley que determine el Pacto Fiscal implica, de hecho, que los medios financieros del país sean distribuidos porcentualmente para el desarrollo y progreso armónico de todo el país; en otras palabras, para que no sea el gobierno central el único y permanente distribuidor de recursos y, además, el que autorice la realización de obras de bien común. El Pacto Fiscal permitiría que cada gobernación o alcaldía planifique las obras a realizarse y les adjudique la parte presupuestaria que corresponda.
No se debe seguir con la mentalidad de que “todo lo haga el gobierno” cuando éste, por la Ley de Autonomías ha distribuido o, mejor, delegado funciones que no siempre puede cumplir con efectividad y oportunidad. Conseguir que la participación tributaria sea una realidad es deseo de todos los departamentos, provincias y pueblos del país, porque implica todo ello la distribución justa, equitativa y ecuánime no solamente de las propias recaudaciones sino de las partidas asignadas en el Presupuesto General de la Nación. A propósito, la Ley Marco de Autonomías establece: “El Servicio Estatal de Autonomías, en cooperación con el Ministerio de Autonomías y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, elaborarán una propuesta técnica de diálogo para un pacto fiscal analizando las fuentes de recursos públicos en relación con la asignación y el ejercicio efectivo de competencias de las entidades territoriales autónomas y el nivel central del Estado. La propuesta deberá apegarse a los principios, garantías, derechos y obligaciones establecidas en la Constitución Política del Estado, considerando también las necesidades económicas y sociales diferenciadas entre departamentos. En un plazo no mayor a seis meses después de publicados los resultados oficiales del próximo Censo Nacional de Población y Vivienda, la propuesta técnica sobre el Pacto Fiscal deberá ser presentada al Consejo Nacional de Autonomías a fin de desarrollar un proceso de concertación nacional y regional como paso previo a cualquier tratamiento por las vías legislativas que corresponden”.
Es preciso que el gobierno y gobernaciones, conjuntamente alcaldías interesadas, actúen de consuno y eviten mayores demoras para hacer realidad el Pacto Fiscal que, en definitiva, tendría que planificar, organizar y disponer debidamente el emprendimiento de obras de bien público. Mayores atrasos de los sufridos hasta ahora, no hacen otra cosa que postergar más al país.
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