Corte Interamericana:
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sentenció que Bolivia es responsable por violar los derechos a las garantías judiciales, a la propiedad y a la libre circulación de la exalcaldesa de La Paz, María Nina Lupe del Rosario Andrade Salmón, y por lo tanto ordena que levante las medidas cautelares e indemnización por concepto de daño material e inmaterial y el reintegro de costas y gastos establecidos en la sentencia.
En virtud de estas violaciones, la Corte ordenó como reparaciones al Estado, entre otras cosas, que garantice en un término de tres meses desde la notificación de la sentencia, que las medidas cautelares impuestas a Andrade Salmón sean efectivamente levantadas y que se resuelva en un plazo no mayor de un año su situación jurídica en el proceso aún vigente.
También el Estado deberá efectuar el pago de las indemnizaciones por concepto de daño material e inmaterial, dentro del plazo de un año, contado a partir de la notificación del fallo.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sentenció que Bolivia es responsable al haber mantenido medidas cautelares sin fundamentación y con una dilación desproporcionada, en tres procesos penales.
La sentencia sobre violación de derechos humanos fue emitida el 1 de diciembre de 2016 y notificada el mismo día al Estado Boliviano.
El Estado reconoció que había detenido ilegal e indebidamente a Andrade Salmón y solicitó a la Corte que no se pronunciara sobre la alegada violación a la libertad personal.
No obstante, la Corte Interamericana sí encontró al Estado internacionalmente responsable por violaciones a los derechos a la libre circulación y a la propiedad en razón de las medidas cautelares sustitutivas que le fueron impuestas a Andrade Salmón.
GOBIERNO
Entre tanto, la Procuraduría General del Estado informó el viernes por la noche mediante un comunicado oficial, que se encuentra analizando en detalle el alcance de los fallos que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó al Estado boliviano pronunciados dentro de los casos: Lupe Andrade Salmón e I.V. (identidad protegida), y aclaró que no son contrarios a los intereses del Estado.
“En el primer caso, en el marco de tres procesos penales seguidos contra la Sra. Lupe Andrade Salmón, por malos manejos de recursos económicos públicos cuando ejerció los cargos de Concejala, Presidenta del Concejo Municipal y Alcaldesa del Municipio de La Paz, durante la gestión 1999”, explica el comunicado.
En esa línea establece que la sentencia sobre el caso señalado, si bien estableció responsabilidades al Estado resultó ser favorable para Bolivia, toda vez que la Corte consideró los fundamentos de hecho y de derecho alegados por el Estado, resultando de ello, la obligación del reducido pago que asciende únicamente a un total de $us. 15.000 (quince mil 00/100 dólares americanos) considerando que la Sra. Andrade pretendía una indemnización de más de $us. 500.000 (quinientos mil 00/100 dólares americanos).
“Respecto al segundo caso, estrictamente técnico médico, sobre supuesta esterilización no consentida. La sentencia también resulta favorable para el Estado, ya que la peticionaria, pretendía el pago de $us. 450.813 (Cuatrocientos cincuenta mil ochocientos trece 00/100 dólares americanos) sin embargo, la Corte estableció una indemnización de sólo $us.69.913,21 (sesenta y nueve mil novecientos trece 21/100 dólares americanos)”, señala el documento.
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