El activista David Inca presentó una impugnación contra el proceso de suspensión de su cargo como Secretario Jurídico de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos en El Alto (Apdhea).
El entrevistado calificó como injusta la decisión, asegurando que se trata de una represalia por sus denuncias en los hechos registrados en el distrito minero de Viloco.
Luego de los hechos ocurridos el pasado 13 de octubre de 2016, la APDH presentó un informe en el que se dio a conocer que el “Comité Ejecutivo no tuvo ni tiene conocimiento de los mismos y no se autorizó ni delegó a David Inca para que se haga presente a firmar o rechazar los hechos denunciados. El informe contiene afirmaciones que son contrarias a la ley, porque Inca no fue testigo presencial de los mismos y solo se sujeta a la versión de los comunarios. Respecto a las afirmaciones que realiza en torno a tratos inhumanos y degradantes a los dirigentes detenidos en los centros de reclusión de Patacamaya, San Pedro y Chonchocoro son subjetivas y no posibles de demostrarse por lo que carecen de objetividad (…)”, dicho documento fue firmado por Juana Cabrera, Sebastián Condori, Guadalupe Mamani, entre otros representantes de la organización.
En respuesta al documento que generó la suspensión de David Inca, el aludido presentó una impugnación de la resolución 001/2016, la cual demanda la nulidad de dicho documento, por tratarse de la vulneración de sus derechos humanos.
“La APDH de El Alto es una institución independiente de toda filiación política partidaria, promueve la justicia social, la vigencia de los derechos Humanos, la defensa de los mismos, en especial de los sectores desprotegidos, empobrecidos y vulnerables, rechaza y condena la tortura, los tratos inhumanos, degradantes. Denuncia y se pronuncia a nivel nacional e internacional respecto a toda violación a los Derechos Humanos, cometidos por el Estado Plurinacional (…). Por lo tanto, las actividades de los titulares de esta instancia tienen el deber de luchar por el respeto y la vigencia de los derechos humanos, denunciar las violaciones cometidas cumplir y hacer cumplir la Constitución Política del estado (CPE)”, señala el documento.
Asimismo, Inca sostuvo que la impugnación da cuenta que en los estatutos de la institución, por faltas, existe las siguientes sanciones: amonestación simple, severa, suspensión temporal, expulsión definitiva de la APDH, sin el perjuicio de la instauración de procesos legales.
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