Sentencia contra Fernández no computa detención domiciliaria


El presidente del Tribunal Sexto de Sentencia de La Paz, César Portocarrero, informó que la sentencia de 15 años contra el exprefecto de Pando, Leopoldo Fernández, por la masacre del Porvenir no computa los cuatro años que estuvo en detención preventiva.

La pena privativa de libertad se computará a partir de su detención dentro la presente causa, no computándose la detención domiciliaria en aplicación del artículo 73 del Código Penal, más el pago de daños civiles y costas al Estado, establece la resolución del tribunal leída por Portocarrero, según ABI.

El abogado defensor, Alberto Morales, afirmó que la exautoridad “jamás” volverá a la cárcel, puesto que ya habría cumplido más de la mitad de su condena y se favorecería primero con el extramuro y luego con la libertad condicional.

 
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