Resolución 055/2017 del TSE
Quienes no asistan como jurados electorales a los eventos electorales pagarán multa, políticos también serán sancionados.
La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó la resolución 055/2017, que impone sanciones a las faltas electorales, con montos que oscilan entre los 90 hasta 1.803 bolivianos, dependiendo del grado de incumplimiento, según información oficial.
Las sanciones, que fueron fijadas en función al salario mínimo, serán aplicadas desde esta gestión. En agosto se desarrollarán en algunos departamentos referéndums autonómico por los Estatutos Autonómicos y en los municipios por Cartas Orgánicas.
Además, se tiene previsto que en octubre se desarrollen las elecciones del Órgano Judicial, para elegir a sus integrantes de ambos sexos.
De acuerdo con información de Fuente Directa, la Sala Plena del TSE emitió la resolución 055/2017 el 1 de marzo de la presente gestión; sin embargo, fue hecha pública recién ayer.
SANCIONES
Las personas que serán sancionadas por faltas electorales son: las y los jurados, notarias y notarios, servidoras y servidores públicos además de las organizaciones políticas y particulares.
Los jurados y juradas que no asistan a las juntas de jurados, también quienes no cumplan con el horario de apertura de las mesas (durante el proceso de votación), serán sancionados con Bs 90,25 y Bs 270,75.
Las y los notarios que no resuelvan de manera oportuna los reclamos de las y los ciudadanos o retrasen el envío del registro del Padrón Electoral, serán sancionados con multas de Bs 270,75 y Bs 451, 25.
Las sanciones a particulares están contempladas sobre las y los ciudadanos que no se registren en el Padrón Electoral, que brinden datos incompletos, obstaculicen la representación que deban hacer ciudadanos o ciudadanas inhabilitados, no emitan su voto y circulen con vehículos privados durante la jornada; la infracción por estos hechos será sancionada con el monto de Bs 451,25.
FALTAS GRAVES
Los jurados electorales serán sancionados con Bs 541,5 y Bs 722 en caso que los delegados de las organizaciones políticas figuren como si hubiesen abandonado la mesa de sufragio durante la jornada de elección, o se nieguen a brindar una copia del acta electoral a las o los delegados de las organizaciones políticas.
También serán sancionadas con faltas graves las organizaciones políticas que realicen campañas en las fechas no previstas, obstaculicen el trabajo de las o los delegados de otras organizaciones políticas, incumplan con las resoluciones dirigidas a sus organizaciones, o ejerzan el control social sobre su organización. La multa será entre 10 salarios mínimos (Bs 16.050.) hasta 50 (Bs 90.250).
La violación al secreto del voto, contemplada como falta grave, será sancionada con Bs 541,5.
FALTAS MUY GRAVES
Las y los notarios que descuiden la seguridad e integridad del material electoral, la distribución a destiempo del material para el sufragio, o la entrega a destiempo de los sobres a los Tribunales Electorales Departamentales (TED) serán multados con Bs 902,5 y Bs 1.803.
La portación de armas, la incitación o manifestación política cerca de las mesas de sufragio y el consumo de bebidas alcohólicas serán multados con Bs 1.083, equivalente al 60% del salario mínimo.
Otras faltas constituidas como muy graves son la difusión de estudios de opinión para fines electorales fuera del plazo o sin estar registrados ante el TSE y la venta de bebidas alcohólicas, infracciones que son sancionada con Bs 90.250 y Bs 18.050, equivalentes a 50 y 10 salarios mínimos, respectivamente.
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