TCP no descarta reconsiderar artículo 12 de norma de trabajo



El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) no descartó la posibilidad de reconsiderar en la siguiente sesión de la Sala Plena, el artículo 12 de la Ley General del Trabajo, que se refiere al preaviso, informó ayer el magistrado Efrén Choque.

“Eso es algo que en la próxima Sala Plena vamos a considerar”, adelantó la autoridad y agregó que dadas todas las opiniones en contra de la decisión consideran que “ya no es oportuno hacer un auto aclarativo”.

La Sala Plena del Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad del artículo 12 de la Ley General del Trabajo y el Artículo Único del Decreto Supremo 6813 de 03 de julio de 1964.

El presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional, Juan Oswaldo Valencia Alvarado, dijo anteriormente que con esta determinación, de excluir la figura del preaviso se está garantizando la seguridad laboral de los trabajadores.

Mientras el viceministro de Transparencia, Gonzalo Trigoso, sostuvo que la sentencia del Tribunal Constitucional “demuele” intereses, derechos y garantías de los trabajadores bajo tuición de la Ley General del Trabajo.

En tanto, el defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, saludó la decisión del TCP de expulsar del ordenamiento jurídico el artículo 12, de la Ley General del Trabajo, y declarar la ilegalidad del preaviso.

Según información del TCP, el recurso de inconstitucionalidad abstracta fue interpuesto por el defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, demanda sobre la cual el Tribunal Constitucional se pronunció en las últimas horas a través de la Sentencia Constitucional 009/2017 declarando la inconstitucionalidad del artículo 12 de la Ley General del Trabajo y el Artículo Único del Decreto Supremo 6813 del 3 de julio de 1964.

El magistrado Choque aclaró también que el alcance “de la sentencia no se ha referido a otros elementos como las modalidades de contrato de trabajo y otros aspectos que se están cuestionando. Únicamente se ha referido a la cuestión del preaviso”, es decir, que no desarrolla las otras modalidades de contrato y sus beneficios.

 
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