Ley de sanciones a bares será aprobada el jueves

• Esta norma permitirá multar a los propietarios de bienes inmuebles que brinden un espacio para la instalación de cantinas clandestinas


La norma surge ante las constantes clausuras de bares y cantinas clandestinas en toda la ciudad.

El pleno del Concejo Municipal decidió suspender ayer la aprobación del proyecto de ley que sanciona a dueños de casa que alquilen sus ambientes a negocios ilegales de venta de bebidas alcohólicas, debido a diferentes observaciones presentadas por los legisladores.

Se anunció que la norma será aprobada el jueves de la próxima semana.

VACÍO

De acuerdo con una de las autoridades encargadas de la comisión que analiza dicho proyecto, el concejal Oscar Huanca, el principal motivo para que este proyecto de Ley no sea todavía aprobado por el pleno del Legislativo es que todavía existen algunos artículos que carecen de apoyo y vacíos jurídicos, lo que posteriormente podrían representar problemas para el Municipio.

“Lo que nosotros tenemos que prevenir es no entrar en problemas como en anteriores gestiones donde existían normativas que quedaron sin ningún efecto y que se quedaron solamente en eso y, producto de estas observaciones, podrían presentarse posteriormente otro tipo de temas jurídicos. El pleno del Concejo ha decidido generar una normativa de sanciones especialmente a los propietarios de bienes inmuebles que alquilen sus predios a bares clandestinos”, explicó la autoridad.

Huanca señaló que, de la misma manera, se debe implementar como enunciado algunas normativas de leyes supranacionales referentes al convenio universal de Derechos Humanos, donde se establece que todos tienen derecho a la propiedad privada, donde establece el uso del derecho propietario.

De la misma manera se refirió al Código Civil, donde se especifica que tiene que cumplir una función social una vivienda o propiedad privada. Lo que está establecido en el artículo 106 del Código Civil o el artículo 454, del mismo código y la convención de Derechos Humanos en su artículo 21, donde, según la autoridad y debido a las características que tiene esta normativa, son detalles que deberán ser incluidos en este tipo de normas.

PROMULGACIÓN

Con relación a la promulgación de esta Ley, el concejal Huanca dijo que primero se deberá socializar este tema entre los propietarios de las casas que tengan estos negocios y, posterior a este proceso, se decidirá implementar esta norma cuando los dueños tengan pleno conocimiento de esta norma.

Para el efecto, de acuerdo con las normas, se tiene previsto que en menos de 90 días deberá ser promulgada la norma por el Ejecutivo, para lo cual, de la misma manera, tiene existir una reglamentación que pueda manejar esta ley de la manera más correcta posible.

SANCIONES

Entre las principales sanciones que tiene esta Ley para los propietarios de bienes inmuebles que permitan en sus domicilios el funcionamiento de locales clandestinos e ilegales de expendio y consumo de bebidas alcohólicas es la multa económica, por primera vez, con 5.000 UFV’s, la segunda con 8.000 UFV’s, y la tercera será con una multa de 10.000 UFV’s.

Dichas multas deberán ser cobradas y ejecutadas conforme a la “Ley de sanciones y procedimiento administrativo” mediante la repartición de recaudaciones del Municipio de la ciudad de El Alto.

Los delitos por los que serán sancionados y donde el Municipio, a través de Asesoría Legal, se constituirá en parte querellante ante el Ministerio Público, son el atentado contra la salud pública, corrupción de menores, trata y tráfico de personas y otros delitos que están en el Código Penal.

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