• Los legisladores regionales sesionaron por última vez el pasado 24 de abril, cuando se designó al Ejecutivo Regional Transitorio
Yacuiba (elchacoinforma.com).- El tratamiento de la aprobación del Reglamento de Debates de la Asamblea Regional de Gran Chaco se viene dilatando desde antes de la designación de la MAE. Tres sesiones fueron suspendidas de manera consecutiva.
Los asambleístas regionales sesionaron por última vez el pasado 24 de abril, cuando se designó al Ejecutivo Regional Transitorio en el Auditorio Evo Morales. Desde aquella vez hasta la fecha, tres sesiones fueron convocadas, la primera en Caraparí, luego en Yacuiba y la última, la jornada de ayer, en Villamontes. Sin embargo, ninguna se llevó a cabo debido a la falta de quorum.
¿QUÉ PASA AL INTERIOR DE LA ASAMBLEA?
Al parecer, al no haber ninguna instancia que ejerza presión, fiscalización o control, al trabajo que realizan los asambleístas, o quizás por la poca participación que tienen estas autoridades en la coyuntura actual de transición que se vive en la región, no existe el compromiso ni el incentivo necesarios para cumplir con su rol.
A ello se puede agregar un reglamento (actual) muy permisivo y que no establece los mecanismos adecuados, mucho menos ejercer jurisprudencia con relación a reglamentos de instancias superiores, como el de las Asambleas Departamentales y Plurinacional, para sancionar las constantes faltas (permisos) de los asambleístas a las sesiones.
Al respecto, Esteban Farfán Romero, asesor de la asambleísta María Reneé Barrios, señaló que las continuas suspensiones podrían tener su epicentro en función a las observaciones realizadas al actual reglamento, así como también al propio estatuto, mismas que se buscan subsanar en el nuevo reglamento que fue aprobado en grande, pero que ahora resta su tratamiento en detalle.
“Actualmente los asambleístas pueden pedir licencia bajo cualquier tipo de argumento, situación que no es correcta. En reunión previa a la elaboración del nuevo reglamento, se hizo esta observación, primero que las licencias deben ser limitadas y además justificadas, únicamente por enfermedad o motivos de fuerza mayor, previa valoración de los documentos presentados y sujeto a que el plenario apruebe esa licencia, esto con el objetivo de evitar este abuso frecuente por parte de los asambleístas en la mayoría de los casos”, puntualizó.
Farfán manifestó que otra de las observaciones realizadas tiene que ver con el trabajo que realizan los asambleístas, legislar, fiscalizar y gestionar. “Al margen de hacer la gestión tienen otro tipo de gestión de despacho, pero gran parte de los asambleístas aparecen solamente en las sesiones nada más y no en las oficinas, nadie los controla y eso que tienen vehículo, chofer y todas las condiciones para hacer el traslado correspondiente”, acotó.
CAPACIDAD DE FISCALIZACIÓN
El asesor refirió que el Estatuto no confiere la capacidad de fiscalización a la Asamblea Regional y que tampoco puede aprobar los convenios, contratos, programas y POA, otorgándole poder absoluto a la MAE. “Si tomamos de manera literal lo que dice el Estatuto la Asamblea estaría de adorno”.
Dijo que en el nuevo reglamento se introdujo, tomando en consideración y como prelación los antecedentes de las normas de las Asambleas Legislativas Departamentales y Plurinacional, elementos de fiscalización como por ejemplo la Petición de Informe Escrito (PIE) y oral (PIO), estableciendo procedimientos y plazos para la entrega de los informes del Órgano Ejecutivo, con capacidad de coerción, en este caso la censura.
“La censura significa que mediante una interpelación, cuando se considere que un informe es insuficiente, inconsistente, se desapruebe el mismo y la autoridad se resista por dos ocasiones a brindar toda la información, entonces se procede al voto de censura sea de confianza o de remoción del cargo (…) esto le dará a la Asamblea un poder de fiscalización”, enfatizó Farfán.
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