El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó el “reglamento del trámite de recepción de renuncias y denuncias por acoso y violencia política de mujeres candidatas, electas o en función político pública”.
Con la aprobación del Reglamento el TSE podrá recibir las denuncias por acoso a este sector, además la nueva normativa permitirá al Órgano Electoral Plurinacional (OEP) aplicar procedimientos específicos para la recepción y tratamiento de renuncias de mujeres candidatas, electas, y/o en ejercicio.
La decisión fue asumida en el marco de lo establecido en la Ley 243 Contra el Acoso y Violencia Política, vigente desde el 2012.
La presidenta del TSE, Katia Uriona, citada por “Fuente Directa”, dice que la norma tiene el objetivo de contribuir al ejercicio de los derechos políticos de las mujeres autoridades electas.
Según el artículo 2 del Reglamento, el TSE y los tribunales electorales departamentales ahora son competentes para la “recepción de renuncias de mujeres candidatas, electas, designadas o en ejercicio de funciones político públicas, así como para la recepción de las denuncias de acoso y violencia política hacia mujeres”.
El artículo 3 recuerda que en el “marco de los artículos 15 y 25 de la Ley Nro. 243 Contra el Acoso y la Violencia Política hacia las mujeres, las y los servidores públicos del Órgano Electoral, tienen obligación de denunciar los casos de acoso y violencia política hacia las mujeres”.
El Reglamento es un instrumento normativo concreto que permite al OEP aplicar procedimientos específicos para la recepción y tratamiento de renuncias de mujeres candidatas, electas, y/o en ejercicio de la función político pública; así como para la recepción y tratamiento de las denuncias por actos de acoso y violencia política.
El procedimiento para el trámite de recepción de renuncias a seguir por mujeres autoridades electas, se iniciará con una entrevista a la autoridad renunciante, analizando si la decisión de dejar el cargo, está libre de mecanismos de presión o acoso político y/o responde a una decisión voluntaria. Se prevé que en las entrevistas se garanticen la confidencialidad y reserva y dar los insumos para la elaboración un Informe Técnico Legal, que deberá ser remitido a la Sala Plena del Tribunal Electoral Departamental que corresponda, para que esta instancia se pronuncie al respecto.
En el caso que se evidencia que la renuncia estuviera mediada por situaciones de Acoso y Violencia Política, la misma es remitida al Ministerio Público y la renuencia no se considerará como válida, garantizando de esta manera la permanencia de la autoridad electa por el periodo establecido por ley.
El reglamento también prevé la recepción de denuncias de Acoso y Violencia política el cual se activa cuando una mujer autoridad electa pone en conocimiento del TSE, los TEDS y oficinas regionales del Sereci situaciones de Violencia y Acoso Político Política. En estos casos el OEP, además de remitir los antecedentes al Ministerio Publico, realizará el seguimiento, apoyo y asesoramiento legal.
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