El Concejo Municipal aprobó ayer por mayoría la Ley Municipal Autonómica para Animales de Compañía en las estaciones en detalle y revisión, luego de que el pasado 3 de mayo la norma fuera aprobada en grande.
Tras algunas observaciones de los concejales en el contenido de la ley, la nueva norma incorpora ahora sanciones al incumplimiento de las prohibiciones establecidas en los más de 60 artículos que contiene la ley.
“Ha sido importante tomar en cuenta aportes de los concejales a la construcción de esta ley, especialmente en el tema de sanciones, se ha podido sumar y enriquecer el tema de registro como primer paso para el ordenamiento y el cuidado de la sobrepoblación de animales de compañía, considerados así a los perros y gatos únicamente”, dijo la concejala Kathia Salazar, promotora de la norma.
El título tercero de la nueva ley está referida a la salud pública y el control de la sobrepoblación de animales de compañía, en este título de hace especial énfasis en el tema de la esterilización como método de control.
“La ley señala la obligación de veterinarias y casas de venta de animales de compañía que están obligados a esterilizar, se ha modificado en cuanto a las organizaciones de adopción que no están obligadas a esterilizar pero sí hacer la gestión, educación y orientación”, aclaró la legisladora.
El artículo 28 del mencionado título establece la creación del Programa Municipal de Esterilización a fin de que la población acuda a esterilizar a sus mascotas en condiciones adecuadas y económicamente accesibles.
La nueva norma crea la Red Municipal de Organizaciones Protectoras de Animales como instancia de coordinación y colaboración entre el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz y las organizaciones, se elaborará un reglamento que defina las atribuciones de esta Red.
INFRACCIONES Y SANCIONES
El capítulo siete de la ley está referido a las infracciones y el régimen sancionatorio, establece infracciones leves, graves y muy graves, entre las leves esta la omisión de registro del animal de compañía y el no cumplimiento de las vacunas y desparasitaciones, entre otros aspectos.
Entre las infracciones graves está el permitir que el animal de compañía destruya bienes bienes públicos municipales como parques, jardines, cuyo uso está destinado a la comunidad; la mutilación con fines estéticos es también una infracción grave.
“Que les arreglen el pelito y que les pongan estéticamente sanos a los perritos es fantástico, pero la costumbre de mutilarlos es un maltrato y no se puede respaldar, está prohíbo el corte de cola y de orejas porque son formas de mutilación”, dijo la legisladora.
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