A partir del Convenio 169 de la OIT

Activista propone recuperar identidad en área rural



Los programas de educación en el área rural deben abarcar su historia, conocimientos y técnicas, además de sus sistemas de valores y preservar sus lenguas.

Los pueblos indígenas tienen que saber organizarse, valorizarse, retomar su identidad como nación –por ejemplo los aymaras que tienen un idioma– que tienen tierra, territorio y sus recursos naturales, ya que sólo con una mayor formación intelectual e ideología que se origine de las propias comunidades se podrá acceder a los derechos establecidos en el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales, un instrumento internacional ratificado por varios países.

El planteamiento corresponde al activista internacional del pueblo aymara, Tomás Condori –exintegrante del conjunto Los Jairas, artesano, mascarero, bordador y músico– miembro permanente en Ginebra del Consejo Indio de Sud América (CISA) por más de 20 años, instancia reconocida por las Naciones Unidas. “La lucha fue de los pueblos indios para garantizar sus derechos como la elección de integrarse o no –al Estado– mantener su cultura, sus tradiciones e integridad como una nación”, dijo Condori. Recordó que en 1981 la existencia de un anterior convenio elaborado por los Estados en Ginebra, el 107 pretendía y tenía la intención de integrar al indio al Estado, este hecho ocasionaba que los indígenas dejarían su tierra, su idioma y que ya no podrían recuperar lo más preciado “que es su historia y de esa manera dominarlos”.

HISTORIA DE LUCHA

“Fueron otros tiempos en 1980 en Bolivia tuvimos un primer diputado indígena con el Movimiento Indio Tupac Katari (Mitka) entramos al Parlamento y dijimos pueden cambiar muchas cosas, al mismo tiempo se convocan a los americanistas y oenegés a las Naciones Unidas, pero la primera vez que los indios llegaron a las Naciones Unidas fue en 1977, cuando integraba el grupo Los Gringos, Los Jairas desaparecieron en 1973, el tema fue de mucho interés para mí, incluso me falté a presentaciones en París”, rememoró Condori.

Según el ensayo del activista “Contribución aymara al movimiento indio internacional”, la lucha tomó fuerza en los años 70 , en agosto de 1971 se convocó al VI Congreso Nacional Campesino en Potosí que consolidó el movimiento katarista, pero dos semanas después el golpe militar del general Banzer mandó a la clandestinidad a los dirigentes. En 1974 las fuerzas militares reprimieron a los campesinos de Cochabamba masacrando a más de 400 de ellos, mientras que en 1976 la represión obligó a los kataristas a refugiarse en el exterior hasta la amnistía de 1978, obtenida por la huelga de hambre de las mujeres mineras.

En abril de ese mismo año se fundó el MITKA en el primer Congreso histórico-político en el que se aprobó la tesis política cuya ideología está basada en el pensamiento de Fausto Reinaga (Tesis india 1971). Sus fundadores fueron Luciano Tapia, Nicolás Calle de la Federación de Colonizadores de Alto Beni y los miembros del centro de promoción Mink’a, Constantino Lima, Julio Tumiri, Samuel Coronel y Zenobio Ayala.

Pese que el MITKA logró la participación en las elecciones generales de 1978 y pese al fraude electoral, ganó un escaño en el Parlamento, seguidamente un golpe militar puso fin a esta apertura democrática. Lo mismo se repitió en 1979 –destacó Condori– en el corto lapso de restablecimiento democrático, Julio Tumiri entró al Parlamento como primer diputado indio donde realizó su discurso en lengua aymara.

CONVENIO 169

“Sólo con una mayor formación intelectual e ideología que se origine de las propias comunidades se podrá acceder a los derechos establecidos en el Convenio 169 de la OIT”, reiteró Condori y lamentó que actualmente no exista esa clase de intelectualidad e ideología entre los pueblos indígenas.

Recordó que el único instrumento legal que pretendía proteger a los pueblos indígenas era el Convenio 107 (proveniente de 1957) de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) que necesariamente tuvo que ser revisado entre 1986 a 1988 en presencia de delegados indígenas –entre ellos Juan Lincopi y Tomás Condori– del CISA.

Condori que también es miembro del Comité Internacional de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas (CIDSA) considera que el Convenio 169 está dirigido a los pueblos indígenas y las comunidades que pueden utilizarlo y no así los partidos políticos.

En relación con el alcance que tiene el Convenio 169, Condori explicó que el instrumento internacional principalmente se refiere a la tierra, territorio y los recursos naturales sobre los cuales los pueblos indígenas tienen el derecho de decidir, incluso todo lo que existe bajo la tierra o sobre ella como el aire, “la comunidad tiene pleno derecho”.

Una forma que tienen los pueblos indígenas para acceder plenamente al instrumento jurídico –remarcó el experto– es declararse y formar sus gobiernos autónomos, inclusive la Ley No. 031 Marco de Autonomías y Descentralización de 2010, “es contradictoria ya que las alcaldías provinciales distribuyen el dinero” y no hay un “pueblo autónomo” para la consulta directa. Dijo que uno de los pueblos autónomos que se encaminaba en sus derechos fue Jesús de Machaca, pero que cedió y fue reconocido por el Estado.

Afirmó que del propio Convenio 169 que fue reconocido en 1991 primero por el gobierno boliviano durante la presidencia de Jaime Paz Zamora no se entendió su verdadero alcance y fue mal interpretado, ya que de este hecho surgió la conocida Participación Popular –por ejemplo– y que fue adoptada por los gobiernos venideros.(CienciaBolivia)

 
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