Sobre las aguas del Silala
Milton L. Lérida Aguirre
Antecedentes
El 6 de junio de 2016 el gobierno de Chile hizo una Solicitud de inicio de procedimiento sobre la controversia de las aguas del Silala ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Los chilenos señalan que han hecho esta demanda porque el presidente Evo Morales ha manifestado muchas veces un fobia contra Chile (punto 37, 38), por tanto, “En estas circunstancias, Chile resolvió solicitar a la Corte su decisión...” para resolver el tema de las aguas del Silala en el sentido de que estas aguas tienen “un curso de agua internacional y los derechos de Chile a ser un país ribereño’’. (Punto 41).
La demanda consta de 54 puntos, dividida en 5 partes. El pasado 3 de julio de 2017 la representación chilena entregó en La Haya 6 volúmenes con documentación que sustentan, justifican y/o fundamentan las afirmaciones de la solicitud.
Lo que pide el gobierno
de Chile a la CIJ
Básicamente, los chilenos solicitan y/o requieren a la Corte Internacional de Justicia lo siguiente:
Primero.- Los chilenos piden, solicitan y/o requieren a la CIJ que el Sistema del río Silala sea declarado como un “río internacional”, porque fueron las autoridades de Bolivia quienes declararon, firmaron y confirmaron, en varios documentos, que las aguas del Silala son de un río internacional. Específicamente señalan:
1. Esta solicitud la hacen los chilenos, por ejemplo en virtud a que la Cancillería boliviana (punto 20) ha emitido un comunicado oficial, en nombre del Estado boliviano, en el sentido de que las aguas del Silala son de un río internacional “que se origina en territorio boliviano e ingresa a territorio chileno, siendo Bolivia el país ribereño aguas arriba y Chile el país ribereño aguas abajo”, (punto 20).
2. Asimismo indican que el Presidente de la Comisión Nacional de Soberanía y Límites, del Ministerio de RREE de Bolivia “confirmó que el río Silala fluye de manera natural desde Bolivia hacia Chile, siguiendo un curso constante cerro abajo”, (punto 21).
3. El 23 de marzo de 1906, los Directores de Límite de Chile y Bolivia firmaron y definieron la demarcación del límite entre estos dos países, donde se instala un hito metálico con la denominación En el Río Silala” (Punto 16).
4. También señalan que “Bolivia otorgó una concesión a FCAB (Ferrocarril Antofagasta Bolivia) respecto a las aguas del Río Silala”, el 28 de octubre de 1908. (Punto 18).
5. Además, señalan e indican a otras autoridades y representaciones bolivianas, donde siempre habrían afirmado que las aguas del Silala son de un río internacional.
Segundo.- Los chilenos, en su demanda, señalan que Bolivia “nunca” ha utilizado las aguas del Silala (punto 3) y en el punto 11 indican que “Históricamente y por más de un siglo, las aguas del Río Silala han sido usadas en Chile para distintos propósitos ...”, por tanto:
1. Chile demanda a la CU que juzgue y declare que “Chile tiene derecho al uso equitativo y razonable de las aguas del sistema del Río Silala de conformidad con el Derecho Internacional Consuetudinario” (punto 50, b), además indican que “Bajo el estándar de utilización equitativa y razonable, Chile tiene derecho al uso que actualmente hace de las aguas del Silala” (punto 50, c).
2. Las aguas del Silala tienen un carácter internacional, por tanto está regido por el Derecho Internacional Consuetudinario. (Punto 42).
Tercero.- Como bien sabemos, el actual gobierno boliviano ha logrado en la reunión de las NNUU una Resolución, por el cual se declara al agua como un derecho humano. Por tanto, Chile de forma indirecta y disimulada, solicita, en la demanda a la CU, que el uso de las aguas del Silala sea declarado como un derecho humano.
Cuarto.- En caso de que Bolivia incurriera en una conducta que pudiera tener un efecto negativo en el actual uso que hace de las aguas del Silala, Chile se reserva el derecho a solicitar a la CU indique medidas cautelares. (Punto 52).
Esto significa que Bolivia no podrá alterar y/o modificar las aguas del Silala, mientras no se solucione esta controversia, sin embargo Chile tiene asegurada la provisión de agua en los siguientes años.
El autor es economista.
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