Consideran que no respeta la vida

Sectores exigieron modificar el proyecto



Los empresarios realizaron serias observaciones al proyecto de Ley del Código del Sistema Penal.

La “Plataforma por la Vida y la Familia” además de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) son los dos sectores que realizaron serias observaciones, por separado, al proyecto de Ley del Código del Sistema Penal, pidieron a la Asamblea Legislativa su modificación.

Vida y aborto

En los últimos meses un tema el proyecto de Ley del Código del Sistema Penal generó polémica con el tema de las causales del aborto que ya fue aprobado en grande y detalle en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados y que, después del receso parlamentario, será retomado en el pleno de la Cámara de Diputados en su tratamiento en grande.

Los representantes de la “plataforma por la Vida y la Familia” rechazaron todo tipo de causales que señala el proyecto, porque consideran que no respeta la vida.

La Plataforma sugirió evitar el aborto realizando mayor inversión, por parte del Estado, para la creación de centros de ayuda para las mujeres y la concientización de hombres y féminas.

El capítulo IV, del proyecto de Ley del Código del Sistema Penal, en su artículo 153, señala que toda persona que cauce el aborto a una mujer, sin el consentimiento, será sancionada de 3 a 10 años de prisión, la sanción será agravada cuando el aborto sea causado con violencia.

Sin embargo, no constituirá infracción penal cuando el aborto se “realice durante las primeras ocho (8) semanas de gestación y; a) Cuando la situación socioeconómica de la mujer embarazada no le permite continuar el embarazo; b) Tenga a su cargo personas adultas mayores, con discapacidad u otros menores consanguíneos o no; c) Sea estudiante”. También en cualquier etapa de la gestación cuando: “a) Se realice para prevenir un riesgo presente o futuro para la vida de la mujer embarazada; b) Se realice para prevenir un riesgo presente o futuro para la salud integral de la mujer embarazada; c) Se detecten malformaciones fetales incompatibles con la vida; d) Sea consecuencia de reproducción asistida no consentida por la mujer; e) El embarazo sea consecuencia de violación o incesto; o, f) La embarazada sea niña o adolescente”.

Empresarios

El capítulo VI del proyecto de Ley del Código del Sistema Penal hace referencia específicamente a la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

El presidente CEPB, Ronald Costas, quien se reunió el viernes con la presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño y de Senadores, José Alberto Gonzales, señaló que el sector al cual representa observó determinados artículos del proyecto como el 71, porque se considera que las personas jurídicas (empresas) sean sancionadas por delitos penales cometidos de forma individual.

El artículo 71 del proyecto de Ley señala que se agravarán las sanciones penales a las personas jurídicas en caso de “1) la concurrencia de pluralidad de víctimas; o, 2) La reincidencia”.

Asimismo, el documento añade que “en los casos precedentes corresponderá la fijación de la sanción en la mitad superior de la escala prevista y siempre de acuerdo al grado de reprochabilidad de la persona jurídica infractora”.

 
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