Es extraño cómo los intereses creados pretenden desconocer el derecho del ciudadano a votar en elecciones generales, parciales o referendos en blanco o anular su voto. Esto es lo que se pregona a nivel del propio tribunal electoral que pretende que los votos blancos y nulos deben considerarse no válidos, cuando la realidad es simple: el ciudadano tiene derecho a votar por el candidato que crea conveniente y, si ninguno le convence, puede votar en blanco y en extremo, anular su voto.
La voluntad del ciudadano debe ser respetada porque así como cada quien elige al candidato de su preferencia y vota por él, así puede estar en desacuerdo con todos, sean del partido de su preferencia o de cualquier otro que tercie en un proceso electoral; el voto es sagrado y mucho más lo es la voluntad del ciudadano. El hecho de que los votos blancos y nulos no sean adjudicados a ningún candidato es cierto, pero en los cómputos generales, inclusive para establecer porcentajes, no se puede prescindir de quienes ignoraron a los candidatos y decir que sus votos blancos o nulos son inválidos. Sería lógico que, para el caso de los nulos, se prohíba el uso de insultos o palabras soeces y exigir que los autores que llegan a esos extremos, se identifiquen, pero ello es imposible porque quienes utilizan términos inapropiados o insultan lo único que hacen es demostrar su baja catadura y su ninguna moral.
Muchas veces se ha sostenido también que los votos nulos y blancos “deberían ser adjudicados a la fórmula ganadora”, una sugerencia completamente injusta, arbitraria e inmoral porque sería hacer que esos votantes automáticamente voten por el ganador con el cual no están de acuerdo. Sería negarles el derecho constitucional de actuar libremente, conscientes de sus actos.
Para mayor ilustración, valdría un simple ejemplo: Si el Padrón estableciera un total de 4,5 millones y de ellos han votado: por el primer candidato 1,6 millones, su porcentaje es el 35,55%; el segundo cuenta con 1 millón 350 mil votos (30%); el tercero 840 mil, (18,67%); otros, en total 217 mil votos, (4,82%); blancos 225 mil, (5%); nulos 108 mil (2,24%); y, ausentes 160 mil, (3,56%). Basados en estos ejemplos, por moral y sentido de justicia, ¿sería correcto adjudicar al ganador (o mayoría de un referéndum) un total de 313 mil votos? ¿Sería moral decidir por los votantes que votaron en blanco o anularon su voto?, igualmente los que conforman el total de ausentismo (160 mil) no lo hicieron porque no asistieron a los recintos, no pudieron por enfermedad o por viajes o por cualquier otra razón, ¿sería correcto utilizar esa cantidad?
Votar es un acto de conciencia, votar en blanco o anular el voto es también un acto de conciencia; entonces, no cabe que el organismo electoral o cualquiera pueda desconocer el acto de conciencia del votante. El voto es libre, secreto, consciente, responsable, personal y no puede estar supeditado a ningún tipo de manipulación.
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