• Intervención a Epsas es ilegal, según exdirectivo de la operadora • Alcalde Luis Revilla anuncia presentación del proyecto UMA
La intervención al servicio de suministro de agua potable y alcantarillado para La Paz, El Alto y municipios circundantes podría continuar, la determinación será tomada en función de la necesidad de garantizar el suministro declaró ayer el director ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico (AAPS), Víctor Rico. Sin embargo, este proceso fue demandado de inconstitucional.
Ante el cumplimiento del plazo de la intervención a Epsas, este septiembre, la autoridad reguladora declaró que ayer realizó la respectiva notificación a los municipios y entidades involucradas acerca del cumplimiento del período extendido de la intervención.
"Un aspecto muy importante que a nosotros como autoridad reguladora nos interesa es que debe darse continuidad a la prestación del servicio. En ese sentido, tomaremos las medidas correspondientes", anunció Rico tras señalar que espera la respuesta de los alcaldes a las notas cursadas.
Rico, por otra parte, recordó que han transcurrido más cuatro meses desde que la AAPS presentó a los municipios de La Paz y El Alto sus observaciones al proyecto Unión Metropolitana por el Agua (UMA) y que hasta la fecha no han respondido. "Ellos manifestaron que solucionarían en un brevísimo plazo. Han transcurrido más de cuatro meses y no lo han hecho", apuntó.
RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
Entretanto, el ex asesor del Directorio de Epsas, abogado Marco Antonio Ramos Cruz, interpuso el pasado 20 de agosto un Recurso de Inconstitucionalidad a la intervención de la operadora de agua y saneamiento, cuyo memorial señala que la ilegalidad se origina en las distorsiones jurídicas originadas con las Resoluciones Administrativas Regulatorias AAPS Nº 244/2013 y 246/2013, aprobadas por la AAPS.
Ramos refiere que la forzada intervención de Epsas fue proyectada por Freddy Bustinsa Guarachi, asesor legal, y Germán Aramayo, director ejecutivo del ente Regulador de entonces, sobre la base de la Ley 2066/00 Art. 38, cuyas supuestas causales de esa fecha hasta el presente no fueron justificadas.
"Art. 38.- Cuando se ponga en riego la normal provisión de los servicios por incumplimiento de las metas de la expansión, calidad o eficiencia, la Superintendencia de Saneamiento Básico, mediante procedimiento público y resolución administrativa debidamente fundamentada, podrá decidir la intervención preventiva al Titular de la concesión por un plazo no mayor a seis meses improrrogables".
Explica Ramos Cruz que una vez retirada del Estado la anterior concesionaria Aguas del Illimani (AISA), la Comisión Interinstitucional, creada mediante Resolución Ministerial 002/2007, 5 de enero de 2007, emitida por el entonces Ministerio del Agua, debió crear una nueva empresa para el suministro de agua, disposición que hasta la fecha no se cumplió. Este hecho constituye, además, incumplimiento de deberes por los ministros del sector de turno.
"SIN RAZÓN JURÍDICA"
A su vez, en criterio del abogado constitucionalista William Bascopé, recientemente declaró a EL DIARIO que la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento (Epsas) enfrenta un severo problema jurídico y estructural, porque a pesar de estar registrada como empresa privada tiene a su cargo capitales públicos, como es el municipal, lo que jurídicamente hace una "sin razón", permitida por el interés político del Gobierno.
"El nivel central está manejando el tema Epsas de esta forma, porque es un argumento de carácter político para tener el control sobre el agua, lo que es un equívoco. Hace años que esta empresa debería ya refundarse. La volvemos a empresa pública, la hacemos privada o mixta (con capital del poder central), pero debe precautelarse para que no pueda cuotearse políticamente", apuntó el jurista.
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