Fabián Yaksic:

Si el MAS no respeta 21 F, la población no asistirá a urnas



FABIÁN YAKSIC, DIRECTOR DE FORTALECIMIENTO MUNICIPAL DE LA GOBERNACIÓN Y MILITANTE DE SOL.BO.

El recurso de inconstitucionalidad presentado por parlamentarios del MAS en busca de la re-repostulación de Evo Morales generará incertidumbre en la población a la hora de asistir a las urnas, ya que no respeta los resultados del referéndum del 21 de febrero del 2016 advirtió el exasambleísta Fabián Yaksic.

“Los bolivianos ya nos hemos pronunciado. Cuidado que el día de mañana se genere una sensación de que mi voto (el voto de la población) no valga y se imponga el derecho o el capricho de dos personas por encima de los derechos de la población”, expresó Yaksic, actual director de Fortalecimiento Municipal de la Gobernación de La Paz.

El 21 de febrero de 2016 se llevó a cabo el referendum mediante el que se pretendía cambiar el artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE), para viabilizar la re-postulación de Evo Morales a un cuarto mandato consecutivo en las elecciones del 2019. Sin embargo, el “No” se impuso. obtuvo el 51,3 por ciento.

La Ley Nº 026 de Régimen Electoral, en su artículo 173, establece que los resultados de las mesas de sufragio consignados en las actas de escrutinio y cómputo son definitivos e irrevisables, con excepción de la existencia de causales de nulidad establecidas en esa misma ley.

Además que el artículo 190 de la misma ley establece que “los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato no pueden ser anulados, por ninguna causa y ante ninguna instancia”, es decir que el resultado del referéndum del 21 de febrero de 2016 es irrevisable.

REELECCIÓN INDEFINIDA

En el petitorio del recurso del MAS, plantea que se declare la inaplicabilidad de los artículos 156, 168, y 285, parágrafo II, 288 de la Carta Magna, que limita la reelección por una sola vez de manera continua, ya que existe una contradicción intra-constitucional con los artículos 26 y 28 de la misma norma.

Además de contradecir los artículos I, 23, 24 y 29 del Pacto de San José de Costa Rica.

Ante esto, Yaksic afirmó que el pedido de inaplicabilidad del artículo 168 viabiliza la re-postulación indefinida del presidente Evo Morales, lo cual no está enmarcado dentro de los parámetros de la democracia.

“Si estos afanes de la re-postulación de Evo Morales prospera, ya están hablando de la reelección indefinida, lo que hará es abrir el camino del infierno para todos los bolivianos (…), pero le recuerdo a don Evo Morales que ese intento ya lo hicieron en la constituyente y ellos mismos le dijeron No; entonces, no queremos una reelección indefinida”, puntualizó.

El artículo 168 de la Constitución Política del Estado establece que el período de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua. Morales está cumpliendo un tercera gestión continua.

RESTITUCIÓN DE DERECHOS

En contraste, el diputado del oficialismo, Manuel Canelas, indicó que el recurso legal presentado restituye los derechos del presidente Evo Morales a ser elegido por el voto popular en los próximos comicios electorales, los cuales “le fueron arrebatados” debido a que se montó un “show mediático” días antes del referendo del 21 de febrero, con la aparición de un supuesto hijo suyo con la ex gerente comercial de la empresa china CAMC, Gabriela Zapata.

“Para esa fecha se armó un show donde le hicieron aparecer un hijo al presidente (Evo Morales) y el pueblo estaba confundido a la hora de emitir su voto (…) se le ha quitado el derecho fundamental de ser elegido por el voto de la población a nuestro presidente”, aseveró el legislador.

 
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