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Vendedores de ropa usada buscan desconocer decreto



Miles de personas se dedican, por la falta de fuentes laborales, a la venta de ropa usada, en todo el país.

Los comercializadores de prendería usada protagonizaron una marcha de protesta, ayer, en puertas de la Aduana Regional de El Alto, con la finalidad de desconocer el Decreto Supremo 28768 que prohíbe el comercio de esta mercadería ilegal.

El sector que trabaja con prendería usada, cerró la avenida 6 de Marzo a la altura de la Aduana, para dar a conocer su protesta ante el decomiso de mercadería que es internada vía Chile.

Bajo el argumento de que las unidades operativas de la Aduana solo deben ejercer su trabajo en las fronteras y permitir el contrabando, este sector pretende que las diferentes instancias públicas desconozcan la existencia del DS 28768, norma que prohíbe la internación y comercialización de la ropa usada.

Solamente

en fronteras

El representante del sector Francisco Escobar argumentó las razones por la que su sector se opone a la vigencia de la norma, "los decomisos se están realizando en las diferentes trancas de las diferentes ciudades, razón por la que genera molestia a la gente que está dedicada a esta actividad, las bases piden que se haga decomisos en las fronteras y no en las ciudades o trancas de control", indicó.

Los argumentos de Escobar vulneran la propia Constitución Política del Estado (CPE), la misma que en el título III, artículo 108, establece que los ciudadanos tienen los siguientes deberes: “conocer, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes, (Â…), defender y proteger el patrimonio natural, económico y cultural".

En tanto el DS 28768 del 21 de junio del 2006 establece en su Artículo 3 - de la Ley Nº 1990 de 28 de julio de 1999 - Ley General de Aduanas, determina que la Aduana Nacional es la institución encargada de vigilar y fiscalizar el paso de mercancías por las fronteras, puertos y aeropuertos del país, intervenir en el tráfico internacional de mercancías para los efectos de la recaudación de los tributos que gravan las mismas (…).

Mercaderías nocivas

El Artículo 85 de la Ley Nº 1990 determina que no se permitirá la importación o ingreso aduanero nacional de mercaderías nocivas para el medioambiente, la salud y la vida humana, animal o contra la seguridad del Estado y el sistema económico financiero de la Nación y otras determinaciones de la Ley.

Que una gran cantidad de la población del país se ve forzada a recurrir a la comercialización de prendería usada como forma de subsistencia, debido a la falta de empleos. Y que más del 90% de la mercancía clasificada como ropa usada, ingresa por la vía del contrabando y otro alto porcentaje es ropa usada de beneficencia o donaciones, que al comercializarse en nuestro territorio se convierten en actividad ilegal.

 
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