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Aprueban artículo sobre mala práctica profesional del Código del Sistema Penal


La Cámara de Diputados aprobó la noche de ayer el artículo 200 sobre mala práctica profesional del proyecto de Ley del Código del Sistema Penal en donde se incorporó las observaciones realizadas por el sector de la prensa y los colegios médicos.

El artículo modificado consta de siete parágrafos, producto de los acuerdos alcanzados. El primero establece: “La persona que, en el ejercicio de su profesión, oficio o actividades cause daño a la salud o integridad física de otra persona, por infracción a un deber objetivo de cuidado, por imprudencia, negligencia, impericia, inobservancia de los protocolos, reglamentos o los deberes inherentes al ejercicio de su profesión, oficio o actividad, será sancionada con reparación económica y cumplimiento de instrucciones judiciales”.

Al respecto, la presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño, señaló que no existe una redacción exclusiva para el ámbito médico.

“En las reuniones con los colegios de médicos quedó claro que el nombre original que era Mala Práctica Médica quedaba demasiado corto, porque inclusive en el ámbito de la salud no son sólo los médicos los que pueden cometer negligencia, impericia o imprudencia que tengan como resultado el daño a la integridad física y la salud de las personas”.

En la reunión donde se alcanzó los acuerdos, participaron el presidente del Colegio Médico de Bolivia, Anibal Cruz, y sus colegas de los colegios médicos departamentales, además de los dirigentes de la Fesirmes (Federación Sindical de Ramas Médicas de Salud Pública) y de la Fesimras (Federación de Sindicatos Médicos y Ramas Afines).

Mientras que para el sector de la prensa se incorporó una nueva redacción que “no afecta en nada a los periodistas, no modifica su situación actual y no pasa por encima de la Ley de Imprenta”.

El parágrafo VI señala: "No constituirá infracción penal cuando el ejercicio de la profesión, oficio o actividad no implique una posición de garante respecto de la salud o la integridad física".

Al respecto, la presidenta de la Comisión de Constitución, Susana Rivero, dijo que “puede haber tipificación de Mala Práctica Profesional cuando se ponga en riesgo la vida y la salud de las personas”.

 
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