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TSE genera incertidumbre por voto nulo

• Opositores aseguran que el Gobierno presiona al TSE • Vocales anticipan criterios sobre esta modalidad de sufragio


ACTIVISTAS POR EL VOTO NULO EN PLENA CAMPAÑA.
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Ante la presión del Movimiento al Socialismo (MAS) al Tribunal Supremo Electoral (TSE) para sancionar las manifestaciones ciudadanas y de los partidos de oposición sobre el voto nulo, la Sala Plena aún no se pronunció como ente colegiado y más bien genera incertidumbre por los diversos criterios que anteponen los vocales de la entidad.

En tanto, para la oposición el Gobierno central está ejerciendo presión en el Órgano Electoral para que emita una resolución que sancione a aquellos colectivos o grupos de ciudadanos que continúen con la difusión del voto nulo, según los asambleístas de la oposición.

La subjefe del partido demócrata cristiano, Tomasa Yarhui, los asambleístas de Unidad Demócrata (UD), Wilson Santamaría y Yerko Núñez, coincidieron por separado en que el Gobierno está ejerciendo ante el Órgano Electoral al pretender sancionar las difusión por el voto nulo en las elecciones judiciales del próximo 3 de diciembre.

“El artículo 161 (Ley Régimen Electoral) es muy claro y mientras esté vigente no cabe más lectura, entonces tendrán que sancionar a una gran cantidad de gente que se suma todos los días para hacer respetar su derechos de elegir cómo votar”, explicó el diputado Santamaría.

Sobre esto Yarhui indicó que este accionar del Órgano Electoral es cuestionante, tomando en cuenta que la población tiene el derecho a rechazar el proceso de elección de estas autoridades, y no les pueden obligar a que elijan a un postulante que no tiene dependencia política.

POLÉMICA

El vocal del TSE, Antonio Costas, advirtió con sancionar a aquellos que impulsen una campaña por el voto nulo, lo cual generó las reacciones de los opositores.

La conductora de la revista de la mañana de la Red Unitel le preguntó si existía alguna sanción para estos grupos que difunden la opción de voto nulo, Costas respondió: “Toda vez que se incurran en las previsiones de la ley (Régimen Electoral) que es hacer campaña, si existirán sanciones”.

Sin embargo horas más tarde, Costas trató de aclarar que hubo una confusión sobre las declaraciones que hizo. Estos temas serán evaluados en sala plena que se realizará a partir de hoy.

Anteriormente, la vocal María Eugenia Choque, a título personal indicó que las campañas que favorezcan o perjudiquen a los candidatos deben ser sancionadas conforme a la Ley de Régimen Electoral, en su artículo 82.

“Claro que sí porque está yendo en contra de los candidatos. Es muy clara la norma, para nosotros es clara la norma. Lo que digo es una cuestión de opinión personal, interpretando lo que dice el reglamento”, respondió la vocal Choque al ser consultada si la campaña por el voto nulo va en contra de los candidatos.

Desde hace dos semanas, sectores de oposición y colectivos ciudadanos impulsan una difusión sobre las opciones de sufragio, entre estos el voto nulo, como señal de rechazo a todo el proceso que siguió la selección de los 96 candidatos en la Asamblea Legislativa, los opositores aseguran que los candidatos tienen relación o afinidad con el Movimiento al Socialismo (MAS).

Las reformas a la Ley 026 de régimen electoral, señala la prohibición a los postulantes que no pueden efectuar directa o indirectamente cualquier forma de campaña o propaganda orientada a solicitar el voto.

Pero en el numeral 3 del mismo artículo establece que “a partir de la remisión al TSE de la nómina de los postulantes preseleccionados por la Asamblea Legislativa, ninguna persona individual o colectiva, organización social, o colegiada puede realizar campaña o propaganda a favor o en contra del algún postulante”.

El próximo miércoles 29 del mes en curso, el Órgano Electoral concluirá con la difusión de méritos de los 96 candidatos.

REGLAMENTO DE ELECCIONES JUDICIALES

El TSE modula los tres tipos de voto a través del Reglamento de Elecciones de Altas Autoridades del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional.

Artículo 55, Tipos de voto:

1) Voto válido. Es el realizado por la electora o el elector, con un signo, marca o señal visible e inequívoca, dentro del espacio destinado a la candidata o candidato, sin trascender al espacio de otra candidata o candidato.

2) Voto en blanco. Constituye voto blanco cuando la electora o el elector no deja signo, marca o señal, en la columna o franja de votación.

3) Voto nulo. Constituye voto nulo cuando:

a) La electora o el elector realiza marcas signos o expresiones, fuera de la casilla asignada a cada candidato.

b) Se utiliza papeletas rotas, incompletas, con alteraciones en su impresión o distintas a las aprobadas por el Tribunal Supremo Electoral.

c) En la circunscripción nacional, el elector realice marcas o signos, en más de una casilla de voto en cada franja.

d) En la circunscripción departamental, la electora o el elector realice marcas o signos, en más de una casilla de voto en cada franja.

II. El voto blanco o nulo de cualquiera de las franjas, no afectará al voto válido de las otras franjas.

 
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